martes, 30 de abril de 2013

Nuevo incumplimiento de Chile al Tratado de 1904

Por: Andrés Guzmán Escobari.
Publicado en la Revista Datos

Durante la última semana de marzo y la primera de abril de este año ocurrió un hecho que extrañamente no tuvo mucha repercusión en Bolivia y que, sorprendentemente, tampoco provocó la reacción que ameritaba de parte del gobierno de Evo Morales: el paro de actividades en varios puertos chilenos en los cuales, según lo acordado bilateralmente; Chile debería garantizar el libre tránsito de las mercancías bolivianas a perpetuidad y en todo tiempo sin excepción alguna.

En efecto, según el Tratado de Paz y Amistad de 20 de octubre de 1904, “la República de Chile reconoce en favor de la de Bolivia y a perpetuidad, el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico” (artículo 6). Asimismo, mediante la Convención sobre Tránsito de 16 de agosto de 1937, el gobierno chileno “reconoce y garantiza el más amplio y libre tránsito a través de su territorio y puertos mayores para las personas y cargas que crucen por su territorio de o para Bolivia”, lo cual – aclara ese mismo documento – “comprende toda clase de carga y en todo tiempo sin excepción alguna” (artículo 1).


No obstante, tal como ha ocurrido en varias oportunidades desde que dichos acuerdos fueron suscritos, el libre tránsito del comercio boliviano fue interrumpido en los puertos chilenos debido a la paralización de las actividades portuarias que provocó, una vez más, la cuestionable administración de dichos puertos, cuya operación fue entregada por el Estado chileno a empresas privadas a principios de este siglo, a pesar del rechazo que opuso Bolivia.

En esta ocasión, el paro fue provocado por un desacuerdo entre las empresas privadas que operan los puertos y los trabajadores portuarios, quienes exigen el pago de una compensación por el menor tiempo que tienen para almorzar en comparación con los obreros de otras industrias chilenas. De hecho, según el dirigente sindical de Puerto Central, Sergio Vargas, lo que piden es una pausa de media hora para almorzar o alternativamente, una compensación de hasta 21 dólares americanos en los puertos de mayor tráfico (La Tercera, 8/04/2013). Sin embargo, los privados se rehusaron a realizar el pago y la interrupción de los servicios portuarios, que comenzó en Mejillones, se extendió a diez puertos más.

Finalmente, después de dos semanas de negociaciones en las que incluso tuvo que intervenir el gobierno de Santiago, las partes llegaron a un acuerdo que contempla una compensación de 7,6 dólares de colisión. No obstante, Vargas advirtió que el paro puede reiniciarse en cualquier momento. 

Este paro portuario, que provocó grandes perjuicios no sólo al comercio boliviano sino también al chileno, es un claro incumplimiento de Chile a los convenios suscritos con Bolivia en materia de libre tránsito porque, como hemos visto, los compromisos que asumió ese país deberían ser aplicados “en todo tiempo sin excepción alguna”. Lo cual demuestra que el actual gobierno chileno no tiene entre sus prioridades cumplir y hacer cumplir el Tratado de 1904 y sus acuerdos complementarios, tal como tantas veces lo han asegurado sus autoridades en el último tiempo.

Si bien es cierto que se debe aplicar el principio de buena fe en la interpretación de los Tratados y entender que ningún puerto en el mundo está exento de este tipo de eventualidades, es también una realidad que las interrupciones portuarias se han incrementado considerablemente desde que los puertos chilenos pasaron a manos privadas y que, por la sensibilidad que entraña la ejecución del Tratado de 1904 en relación al derecho de libre tránsito que, valga recordar, es una de las exiguas compensaciones que Bolivia recibió por su amplio, rico y único litoral; lo mínimo que debemos esperar es que Chile cumpla sus compromisos. 

domingo, 14 de abril de 2013

Los fallos de la Corte de La Haya tienden a ser salomónicos

Por: Ricardo Aguilar Agramont

Las demandas en la Corte Internacional de La Haya tienden a ser salomónicas, es decir, que no dan la razón absoluta a una de las partes, por lo que Chile teme salir perdiendo. No obstante, lo preocupante son los casos en que una de las partes se niega a cumplir la sentencia.
La propensión general de los fallos de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya es de no dar la razón absoluta a una de las partes litigantes, sino transar con ambas partes sobre la base de la razón jurídica, por lo que se podría calificar sus sentencias como salomónicas, de modo que el Estado que salga perdiendo   no lo pierda todo.
“Sus sentencias jurídicas tratan de buscar soluciones más o menos salomónicas. La política de la Corte es buscar un entendimiento entre las partes”, describe el diplomático e historiador Ramiro Prudencio Lizón.
El diplomático y economista Andrés Guzmán Escobari coincide en lo que resalta Prudencio e inclusive utiliza el mismo adjetivo. “Sabemos que hay una tendencia de la Corte a resolver los casos salomónicamente y eso es simplemente porque es muy difícil que una de las partes tenga la verdad absoluta”, afirma. 
Además, comenta que generalmente ambas partes tienen argumentos válidos a la luz del derecho internacional. Añade que se debe considerar que uno de los principales objetivos de la Corte es asegurar la paz mundial, por lo cual “sería contradictorio” que se emita un fallo completamente contrario a los intereses de un Estado parte.
Hay varios antecedentes de fallos de la CIJ en el continente: Nicaragua-Honduras, Nicaragua-Costa Rica, Nicaragua-Estados Unidos, Nicaragua-Colombia, Colombia-Perú, Argentina-Uruguay.
De acuerdo con Guzmán, ninguno de estos casos sirve para predecir qué sucederá con la demanda boliviana porque —en su criterio— cada cual es diferente y  porque ninguna de esas demandas se parece a la que Bolivia presentará.Una preocupación —apunta Prudencio— es el desacato de los fallos, pues las sentencias no se pueden imponer. “Lamentablemente, la Corte Internacional no tiene la facultad de obligar a aceptar”.
Los desacatos a los fallos de la CIJ, como Estados Unidos, que sentó jurisprudencia al rehusarse   a cumplir la sentencia sobre la demanda que interpuso Nicaragua en su contra por uso de la fuerza e injerencia en asuntos internos, es preocupante, apunta Guzmán.
Otro caso preocupante al respecto es el de Colombia, que —en noviembre de 2012— tras un fallo que consideró en contra de sus intereses, decidió retirarse del Pacto de Bogotá (1948), cuyos firmantes otorgan jurisdicción a la CIJ.
Ese diferendo fue entre Nicaragua y Colombia. El fallo de la CIJ, hecho público el 19 de noviembre de 2012, dejó en poder de Colombia siete cayos del archipiélago de San Andrés, cuyas islas mayores ya había concedido a este país en 2007. A Nicaragua le correspondió más de 70 mil kilómetros cuadrados de mar, ricos en recursos naturales, que convierten en enclaves dos de los cayos otorgados a Colombia, con lo que este país pierde frontera marítima con otras naciones, como Costa Rica.
“A Colombia se le dio la mayor parte, pero también reconoció a Nicaragua. El que pierde no pierde todo”, afirma Prudencio. La experta en derecho internacional Karen Longaric explica que “la Corte Internacional de Justicia fundamenta sus fallos en derecho, es decir, citando tratados internacionales, costumbre internacional y principios jurídicos. Esto da al tribunal un amplio espacio de reflexión y decisión que no siempre es predecible”.
Guzmán interpreta que Chile teme un fallo salomónico tanto en su juicio con Perú (por la delimitación marítima entre estas naciones) como con el que en los próximos días interpondrá Bolivia. Lo máximo a lo que puede aspirar Chile es que se mantenga el statu quo, o sea “que la Corte resuelva mantener las cosas como están, lo cual, por los antecedentes señalados, difícilmente ocurrirá”.
Esto —advierte— no significa que se pueda cantar victoria anticipadamente sólo porque la Corte aplique fallos salomónicos. “Sería  un error, primero es necesario que acepte conocer el caso y determine si tiene la jurisdicción para pronunciarse sobre la demanda que Bolivia vaya a presentar, ésa es la primera etapa de un largo y duro proceso que de prosperar favorablemente también implica grandes riesgos, porque no olvidemos que una sentencia desfavorable a nuestros intereses podría sepultar por unos buenos años, sino para siempre, la reintegración marítima boliviana”.
En cuanto a la preocupación de que la CIJ niegue tener jurisdicción en el caso, el agente boliviano ante esta instancia, Eduardo Rodríguez Veltzé, argumenta que “el 40% de los asuntos pendientes que tiene la Corte Internacional de Justicia corresponde a países latinoamericanos; estas causas, además de las que ya atendió en la región, particularmente en la zona centroamericana, reflejan la aceptación de   su competencia como un espacio confiable para los Estados”. Al momento, La Haya tiene cinco casos pendientes en la región. Ya se mencionó el de Colombia-Nicaragua y el de Chile-Perú.
Costa Rica y Nicaragua tienen dos casos. En uno, iniciado en 2011, Nicaragua demandó a Costa Rica por “violación de la soberanía nicaragüense y graves daños medioambientales a su territorio”. El otro juicio es a la inversa: Costa Rica demanda a Nicaragua (en 2010) por lo que considera una “incursión, ocupación y uso del territorio de Costa Rica por parte del Ejército nicaragüense”.
El otro caso es el de Ecuador contra Colombia, presentado en 2008, en el que acusa a ese país de la fumigación aérea con glifosato en localidades “cerca de, en y a través” de la frontera con Ecuador, dejando daños ambientales.
Un caso de la región que se mediatizó fue el de Argentina contra Uruguay, resuelto en 2010. La polémica era la instalación de una planta uruguaya pastera de celulosa en su territorio, aunque cerca de la frontera con Argentina. La CIJ emitió un fallo en el que consideró que la pastera no contaminaba, sin embargo, ordenó supervisiones periódicas de ambos países.

martes, 9 de abril de 2013

El paro portuario, una violación al Tratado de 1904

Por: Andrés Guzmán Escobari

Mediante el Tratado de Paz y Amistad de 1904, Chile reconoció en favor de Bolivia "y a perpetuidad, el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico" (artículo 6). Adicionalmente, a través de la Convención sobre Tránsito de 1937, el gobierno chileno se obligó a garantizar el libre tránsito de Bolivia por sus puertos "en todo tiempo sin excepción alguna" (artículo 1). 


No obstante, tal como ha ocurrido en varias oportunidades desde que dichos acuerdos fueron suscritos, el libre tránsito del comercio boliviano fue interrumpido recientemente en algunos puertos chilenos debido a un paro de actividades portuarias que se prolongó cerca de dos semanas. Esta vez, el motivo fue el desacuerdo entre los trabajadores portuarios y las empresas privadas que operan esos puertos en cuanto a un pago de media hora de colación que los primeros exigen y los segundos se rehusaron a reconocer en un primer momento. 



El paro portuario, que provocó grandes perjuicios no sólo al comercio boliviano sino también al chileno, es una clara violación de Chile a los convenios suscritos con Bolivia en materia de libre tránsito y demuestra, asimismo, que el actual gobierno de La Moneda no tiene entre sus prioridades cumplir y hacer cumplir el Tratado de 1904 y sus acuerdos complementarios, tal como tantas veces lo han asegurado sus autoridades. 

viernes, 5 de abril de 2013

Diplomático boliviano: “Lo peor para ambas naciones sería un nuevo gobierno de derecha”


"La forma en que se ha llevado el conflicto, es la más equivocada", sostuvo Andrés Guzmán, ex miembro de la Dirección Estratégica de Reivindicación Marítima del gobierno boliviano.

El diplomático Andrés Guzmán, ex miembro de la Dirección Estratégica de Reivindicación Marítima del gobierno boliviano, instancia creada por el Presidente Evo Morales para preparar la demanda marítima de ese país ante el Tribunal de La Haya, señaló que la manera en que el Estado chileno y la actual administración han manejado este tema es “la más equivocada”.
“Lo peor para ambas naciones, sería un nuevo gobierno de derecha. La forma en que se ha llevado el conflicto, es la más equivocada”, manifestó Guzmán
El diplomático boliviano recalcó que la importancia de una salida soberana al mar va más allá de cuestiones económicas y tiene que ver con una necesidad de integración del pueblo boliviano.
“El atraso y el desarrollo de Bolivia no depende de una salida al mar, tampoco es por una cuestión de espacio ni territorio, sino más bien por un derecho a la integración mundial de la que Bolivia no es parte”, sostuvo.
Pese a que el Tratado de 1904 fue la piedra angular de la estrategia de Evo Morales para posicionar una salida soberana al mar, ya es público que este pacto no será parte de los argumentos que Bolivia exponga ante La Haya. Según explicó Guzmán, la demanda se remite a hechos posteriores a 1948. De igual forma, descarta recurrir a la Corte Permanente de Arbitraje del mismo Tribunal, ya que considera que esta instancia  no resolverá el problema de fondo.
Andrés Guzmán, economista, experto en política internacional, abordó la demanda marítima de su país y las relaciones diplomáticas con Chile en la conferencia: ¿Mar para Bolivia?, dictada en la Universidad Academia de Humanismo Cristiano.