domingo, 30 de noviembre de 2014

Contraargumento del Canciller chileno

Por: Andrés Guzmán Escobari
Muñoz hace referencia a la extrema "generosidad” de su país para con Bolivia y menciona los acuerdos alcanzados sobre libre tránsito, pero no dice nada sobre su aplicación.

El canciller chileno, Heraldo Muñoz, publicó un artículo en El País de España que pretende desmerecer los argumentos de la demanda que nuestro Gobierno presentó ante la Corte Internacional de Justicia, aduciendo como principal y único contraargumento jurídico, que Bolivia intenta modificar el Tratado de 1904. 
Al respecto, es importante precisar que Bolivia no busca, en ningún caso, modificar el instrumento bilateral que, a diferencia de Chile, ha cumplido y respetado durante más de 100 años. Lo que busca Bolivia con su demanda es nada menos que recuperar un acceso soberano al mar a través de una negociación de buena fe con Chile. La modificación del Tratado no es un fin en sí mismo para Bolivia, sino un medio que eventualmente podría contribuir a lograr el objetivo principal que, valga repetir, es recuperar un acceso soberano al océano Pacífico. 
La modificación de los tratados, a la que Muñoz se refiere como un procedimiento destinado a desestabilizar las fronteras y afectar la integridad territorial de Chile, es en realidad una práctica ampliamente reconocida por la comunidad internacional para mejorar y actualizar las reglas que rigen entre dos o más países, y no está prohibida por el derecho internacional, todo lo contrario, la revisión de los acuerdos internacionales es perfectamente posible con el acuerdo de las partes. Además, teniendo en cuenta que varios presidentes y cancilleres chilenos ofrecieron ceder a Bolivia un territorio junto al mar, no estamos hablando de nada nuevo, peligroso o ilegal, sino más bien de un procedimiento que podría servir para resolver definitivamente el largo y difícil problema que genera el enclaustramiento boliviano. 
Cuando el canciller chileno se refiere al petitorio de la demanda, es decir a que la Corte falle y declare que Chile tiene la obligación de negociar, señala que su país estaría obligado a otorgarle acceso soberano al mar a Bolivia "producto de diálogos sobre el tema que ambos países han sostenido a lo largo de la historia”. Sin embargo, la obligación de negociar no emana de los "diálogos” del pasado como señala el ministro chileno, sino de los compromisos formales que diversos presidentes y cancilleres de Chile asumieron por escrito. Por tanto, no se trata de diálogos vacíos y superficiales, que se iniciaron sin un objetivo específico, sino de manifestaciones oficiales del Estado chileno, en las que se reconoció la existencia del problema y se expresó una disposición para negociar su solución. 
Muñoz evita referirse por ejemplo a la nota de 1950 suscrita por su antecesor en el cargo, Horacio Walker Larraín; al Memorándum Truco de 1961; al Acta de Charaña de 1975, firmada por el presidente Pinochet; a la nota de ese mismo año suscrita por el canciller Carvajal, y a muchas otras manifestaciones unilaterales de Chile, en las que sus autoridades confirmaron esa "voluntad” de negociar con Bolivia, como la Declaración de Ayacucho de 1974; las resoluciones de la OEA de 1980, 1981 y 1983; el acuerdo de Algarbe del año 2000; y el Acta de la XXII Reunión del Mecanismo de Consultas Políticas de julio de 2010; para no mencionar lo ocurrido antes de la entrada en vigencia del Pacto de Bogotá de 1948. 
Adicionalmente, según Muñoz: "Cada vez que Chile, en el marco de negociaciones políticas, formuló propuestas para satisfacer la aspiración marítima boliviana, las conversaciones fracasaron por causas ajenas a la voluntad de Chile, la mayoría imputables a la política interna boliviana”. Esta cuestionable afirmación, que se basa en la opinión del diplomático boliviano Walter Montenegro y en lo que alguna vez dijo el excanciller Loaiza podría ser absolutamente refutada con lo que sostienen reconocidos cronistas chilenos como  Cástulo Martínez, Óscar Pinochet de la Barra o Sergio Bitar, quienes admiten que la falta de voluntad política chilena determinó el fracaso de las negociaciones más importantes y no así "la política interna boliviana”. No obstante, dado que estamos hablando de una demanda judicial, resulta inútil referirse a las opiniones de particulares, por más bolivianos o chilenos que sean, lo único que interesa aquí son las manifestaciones oficiales de los Estados parte. 
Luego, al  igual que hizo en su video de YouTube, Muñoz hace referencia a la extrema "generosidad” de su país para con Bolivia y menciona los acuerdos alcanzados sobre libre tránsito, pero no dice nada sobre su aplicación. En efecto, una cosa es lo pactado y otra muy diferente es lo que sucede en la práctica: el ferrocarril Arica - La Paz no funciona en el lado chileno hace varios años, los paros y las tarifas en los puertos han aumentado desde que éstos fueron privatizados, no se respeta la jurisdicción del Agente Aduanero boliviano en los recintos portuarios, el almacenaje gratuito en el puerto de Antofagasta se aplica parcialmente y nuestras fronteras permanecen minadas con explosivos antipersona y antitanque, que imponen serias dudas sobre la "generosidad” chilena y el "libre tránsito” de Bolivia.
Seguidamente y sin ningún desparpajo, Muñoz falta a la verdad cuando afirma: "Nuestro país también exime del Impuesto al Valor Agregado a los servicios a las cargas bolivianas en tránsito, con lo cual se otorga a Bolivia una ventaja superior a las concedidas por la comunidad internacional a los países sin litoral”. Cuando en realidad, la comunidad internacional, mediante la Convención sobre el Comercio de Tránsito de los Estados sin Litoral de 1965 (Principio IV) y la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (Artículo 127) ha prohibido cualquier cobro de aranceles por parte de los países de tránsito a los Estados sin costa marítima.   
Por todo lo dicho creemos que el gobierno de Chile en general y su canciller en particular deberían ver a este proceso como una buena oportunidad para resolver de una vez y para siempre los problemas derivados de la Guerra del Pacífico y no como una opción para radicalizar las posturas históricamente más conservadoras de su país, que definitivamente no nos llevarán a nada mejor. La Corte Internacional de Justicia nos brinda a bolivianos y chilenos la posibilidad de resolver nuestros problemas más difíciles de manera pacífica, seria y civilizada; no es hora de apelar a los nacionalismos recalcitrantes para desconocer con arrogancia al máximo órgano judicial de las Naciones Unidas, debemos actuar conforme al tiempo que nos toca vivir para "despejar los fantasmas del pasado” como dice Muñoz y "construir relaciones de futuro”.

domingo, 12 de octubre de 2014

El video chileno muestra por qué discrepamos

Por: Andrés Guzmán Escobari 

El vídeo que el gobierno chileno subió a Youtube recientemente, el cual expone su posición frente a la demanda marítima boliviana, deja muy en claro por qué discrepamos. 

Discrepamos porque si queremos explicarle al mundo que Bolivia goza del más amplio, libre y eterno acceso al mar, cosa que en la práctica dista mucho de la verdad; es indispensable reconocer primero que Chile le quitó a Bolivia su único acceso al mar en 1879. Se debe considerar este hecho inobjetable para comprender el tema porque si sólo nos referimos a las facilidades que el país del Mapocho otorga a Bolivia en aplicación del Tratado de 1904 y de sus acuerdos complementarios, y no mencionamos el despojo territorial que dejó a nuestro país enclaustrado, como lo hace el vídeo de referencia; podríamos llegar a creer que el país del Mapocho es muy bondadoso y que nosotros le exigimos demasiado, lo cual es en realidad al revés. 
Discrepamos porque si sólo nos referimos a lo que dicen los acuerdos bilaterales y no mencionamos nada respecto a su aplicación, podríamos suponer que esos acuerdos sí se cumplen, cuando en realidad eso no ocurre. A principios de este siglo, el Estado chileno decidió entregar en concesión la operación de sus puertos a empresas privadas a pesar de la oposición de Bolivia que no reconoció nunca a esas empresas privadas como sucesoras del gobierno de Chile respecto a la aplicación del libre tránsito. Se han producido desde entonces muchas interrupciones de los servicios portuarios debido a los constantes paros de sus trabajadores y de los funcionarios aduaneros de Chile. La falta de un acuerdo entre el gobierno de La Paz y las empresas privadas ha provocado constantes incrementos en las tarifas portuarias y, lo que es peor, ha significado también, la pérdida de la jurisdicción de las autoridades aduaneras bolivianas sobre la carga con destino a Bolivia porque las empresas privadas han monopolizado todas las faenas portuarias.
Discrepamos cuando el gobierno chileno se queja porque tiene que pagar cerca de 100 millones de dólares para dar cumplimiento al Tratado de 1904; debido a que la riqueza del territorio boliviano que Chile anexó a su dominio a través de ese mismo tratado, le ha reportado muchísimo más dinero. Sólo el 2013, el país del Mapocho obtuvo la increíble cantidad de 44 mil millones de dólares por la exportación del cobre que se encuentra en el ex litoral boliviano (La Tercera, 12/01/2014).  
Discrepamos porque nos echan en cara la construcción del ferrocarril Arica - La Paz, que fue concebido precisamente para atenuar los efectos del enclaustramiento boliviano, pero que en la actualidad permanece absolutamente paralizado en el lado chileno de frontera (Arica – Visviri) hace ya casi una década, mientras que el lado boliviano se encuentra operando (Charaña – Viacha) mediante el servicio de un ferrobús o buscarril.
Discrepamos porque en lugar de poner al oleoducto Sica Sica – Arica como un antecedente de entendimiento y aproximación, que podría servir para replicarlo mediante un gasoducto que desde Bolivia alcance el Pacífico a través de un puerto chileno, se utiliza ese ejemplo alcanzado en 1957 para destacar la “gran bondad” del Estado chileno con Bolivia.  
¿Cómo no vamos a discrepar si el ex Presidente Piñera señala que su país se comprometió a darle a Bolivia circulación “eterna”, cuando en realidad, lo que dice el tratado es libre tránsito “a perpetuidad”, que no es lo mismo? 
¿Cómo no vamos a discrepar si el ex Presidente Frei supone livianamente que no vamos a respetar los tratados cuando Bolivia, a diferencia de Chile, sí ha respetado y cumplido el Tratado de 1904?
¿Cómo no vamos a discrepar si el Canciller Muñoz señala que la política exterior de su país ha estado basada en el respeto a los tratados, cuando sabemos bien que el Pacto de Paucarpata de 1837, el Tratado de Ancón de 1883 y el de Paz y Amistad de 1904, no fueron cumplidos por Chile? 
¿Cómo no vamos a discrepar si el ex Presidente Lagos insiste en ofrecer negociaciones directas, con una agenda de futuro “potente”, para llevarnos una vez más al mismo juego, en el cual Chile nos ofrece mar y luego se desentiende? ¿No se dan cuenta que precisamente por eso los demandamos? 

¿Cómo no vamos a discrepar si la Presidenta Bachelet, después de toda nuestra conflictiva historia de agresiones militares, desvíos de aguas compartidas y sembrado de minas antipersonales en la frontera, declara cínicamente que Chile tiene vocación pacifista?
Finalmente ¿cómo no vamos a discrepar si se afirma que la demanda de Bolivia afecta a todo el sistema jurídico internacional, cuando en realidad, lo que Bolivia demanda es nada menos que una negociación de buena fe para recuperar una salida soberana al mar? En el sentido más amplio de sus efectos, un fallo favorable a Bolivia no podría afectar a la estabilidad de las fronteras por ningún motivo, sino solamente a esos actos de mala fe de algunos países que hacen promesas y no las cumplen. 
El día que Chile comprenda que el único camino para “avanzar juntos”, como lo platean sus políticos, es asumir responsabilidades, flexibilizar posturas, abandonar nacionalismos, reconocer a la Corte Internacional de Justicia, cumplir verdaderamente los tratados y sobre todo, negociar de buena fe el legítimo reclamo boliviano de recuperar un acceso soberano al mar, ese día, sólo ese día, no discreparemos.  

sábado, 23 de agosto de 2014

Prologo del libro "Lo que se promete se Cumple" de Sergio Fernández

Por: Andrés Guzmán Escobari

La evolución del Derecho Internacional Público, entendida como la mejor y más acertada aplicación de las reglas y normas que rigen las relaciones de los Estados, ha permitido establecer un sistema de convivencia internacional cada vez más perfecto y justo. En efecto, gracias al constante progreso del derecho positivo, el gran consenso de las sociedades organizadas ha logrado codificar una buena parte de lo que se entiende como bueno y como malo, y a pesar de que todavía falta mucho por avanzar en tan encomiable objetivo, pues aún no existe un ordenamiento jurídico verdaderamente organizado e igualitario; esta tendencia nos ha llevado a comprender a los bolivianos y ojalá que también a todos los pueblos del mundo que tienen una reivindicación legítima, que la justicia llegará, quizás tarde, pero llegará.
El trabajo que tenemos el honor de prologar, escrito por el siempre sorprendente Sergio Alberto Fernández Ruelas, nos presenta un interesante análisis histórico-jurídico del tema marítimo boliviano que sintetiza los lineamientos básicos de la actual política de retorno al mar. Para lo cual, el autor, desde su perspectiva de abogado internacionalista y diplomático de carrera, desarrolla una revisión histórica de la política exterior de Bolivia desde sus inicios hasta nuestros días, expone las virtudes que tiene la teoría de los Actos Unilaterales de los Estados en este caso y explica con claridad luminosa el concepto jurídico de Promisso est Servanda (lo que se promete se cumple), que es precisamente, valga recordarlo, la piedra angular en la que se basa la demanda que el Estado Plurinacional de Bolivia presentó en contra de la República de Chile el 24 de abril de 2013. 
Sobre este punto, cabe aclarar que tanto el autor del libro como quien escribe estas líneas, desde un punto de vista más practisista que reivindicasionista; consideran que la decisión de enjuiciar a Chile con el fin de obligarle a que cumpla sus promesas de restituir la cualidad marítima de Bolivia, no sólo es la política más lógica y adecuada que se puede adoptar en el tiempo histórico que nos toca vivir, después de 134 años de negociaciones infructuosas en el ámbito bilateral; sino que es la única alternativa que nos queda, dada la absoluta cerrazón del actual gobierno chileno para tratar el tema.   
Por tal motivo es importante señalar que esta publicación puede servir no sólo como un valioso aporte para el pensamiento doctrinario boliviano en su parte referida a la reintegración marítima, sino que también puede ser utilizado como un manual por todo aquel que quiera comprender el accionar del actual gobierno de Bolivia en esta materia. 
En cuanto a la configuración y contenido del libro, cabe advertir que su parte histórica sigue un orden cronológico que sintetiza los hechos más relevantes de la política exterior boliviana desde el nacimiento de la República en 1825, hasta los actuales tiempos del Estado Plurinacional y que revisa con especial énfasis las promesas que hizo Chile para resolver el problema marítimo boliviano. En ese recuento, el autor analiza las negociaciones llevadas a cabo con el fin de resolver el asunto marítimo boliviano entre los gobiernos de Santiago, La Paz y Lima y esboza tentativamente los factores que incidieron o determinaron el fracaso de tales aproximaciones.
Sobre este último punto, Fernández Ruelas destaca con especial acierto el rol que tuvo la opinión pública y las “fuerzas profundas” en el desarrollo de las negociaciones, así como la actuación que tuvo la “paradiplomacia” desplegada por algunos personajes e instituciones no gubernamentales. En la misma línea y casi al final del análisis histórico, presenta un resumen de lo que significa la diplomacia de los pueblos en las relaciones con Chile partir de la llegada de Evo Morales a la presidencia de Bolivia en 2006.
El Perú, por otra parte, como factor determinante en la frustración de las gestiones mencionadas y como tercera parte en el conflicto (por los derechos y obligaciones que le asigna el Protocolo Complementario al Tratado de Lima de 3 de junio de 1929), es considerado como “la tercera pata del trípode” en un capítulo aparte. 
Todo este relato histórico encuentra lo que el autor llama “un giro de 180°” en 1879, cuando Chile se apodera por la fuerza de las armas de nuestro único acceso al mar. A partir de entonces – señala el autor –, el  objetivo de reintegración marítima se convierte en la máxima prioridad de la diplomacia boliviana y como una enfermedad que requiere mucha atención para ser curada y cuyo tratamiento también genera efectos colaterales en el cuerpo enfermo, todos los demás temas de la agenda internacional boliviana quedan relegados a un segundo plano, postergando y desaprovechando oportunidades importantes para el desarrollo de nuestro país. Lo cual, a pesar de ser claramente contraproducente, se mantiene sin muchas variantes hasta nuestros días. Aun así – concluye acertadamente Fernández Ruelas –, lo más lógico no es claudicar, sino buscar una solución.
En la parte dedicada al análisis jurídico de la controversia que genera el enclaustramiento geográfico boliviano, Fernández Ruelas explica con asertividad que la demanda marítima boliviana se funda en argumentos jurídicos sólidos y – aunque no lo dice explícitamente –, hasta incontestables, si son bien planteados. En ese sentido el libro contiene una clara explicación de cuál es la jurisprudencia que tiene este caso, rememorando lo que significó el proceso entre Australia y Nueva Zelanda Vs. Francia, referido a las pruebas nucleares que este último país realizó en los años setenta a pesar del compromiso asumido por sus autoridades de no hacerlo, y el caso de Groenlandia Oriental entre Noruega y Dinamarca, relativo a las promesas del Canciller noruego Nils Claus Ihlen, de que su país reconocería el dominio danés sobre una parte importante de esa gélida y enorme isla.   
En buenas cuentas, el libro que aquí comentamos es un aporte innovador porque por primera vez un trabajo referido al tema marítimo desarrolla un análisis histórico y otro jurídico que se interrelacionan. En el primero, el autor relata cómo y cuándo se realizaron las promesas chilenas para devolverle a Bolivia su salida al mar y, en el segundo, se presenta una explicación de cómo ese tipo de promesas, cuando son  incumplidas por un determinado gobierno o, en este caso, por varias administraciones gubernamentales de un mismo país, pueden convertirse en obligatorias ante el derecho internacional y por tanto exigibles por el sujeto (Estado, organización o entidad internacional) que resulte afectado o perjudicado por tales incumplimientos.
Los Actos Unilaterales de mala fe, como son las promesas que se realizan sin la verdadera intención de cumplirlas, deben estar prohibidos y deben ser sancionados. “No es dable, digámoslo sin ambages, jugar con la esperanza de todo un pueblo” decía en 1975 el Presidente boliviano en la XXX Asamblea General de las Naciones Unidas, Hugo Banzer, al referirse a la actitud del gobierno chileno de ofrecerle a Bolivia una salida soberana al mar y luego desentenderse.
Con un espíritu optimista pero no triunfalista, Fernández Ruelas pone en nuestras manos un trabajo que dará mucho que hablar porque contribuye al debate de este delicado problema de interés hemisférico permanente y nos acerca mucho más a entender qué es lo que estamos demandando y sobre todo, cómo lo estamos haciendo.
Finalmente, es importante señalar la gran satisfacción que genera este tipo de publicaciones para quienes estudiamos en la Academia Diplomática Boliviana y trabajamos en el servicio exterior de Bolivia, porque vemos con agrado cómo un compañero de estudio, colega de trabajo y por qué no, un gran amigo y cofrade de la lucha por recuperar una salida soberana al mar; hoy nos presenta una obra que no sólo dignifica y retribuye a nuestro alma mater y a la diplomacia de carrera, sino que representa un verdadero aporte para lograr el objetivo irrenunciable de reintegrarnos al mar con soberanía.

Andrés Guzmán Escobari

sábado, 28 de junio de 2014

Si Chile impugna la competencia de la Corte

Por: Andrés Guzmán Escobari 
A pocas horas de haber reasumido la presidencia de Chile, Michelle Bachelet, en referencia a la demanda marítima boliviana dijo: "Creemos que es perfectamente posible dialogar sobre los otros puntos... pero el tema (del mar), ellos (los bolivianos) lo llevaron allá (a la Corte Internacional de Justicia) y ahí se resolverá” (El Comercio: 12/03/2014). 
Si bien con esas declaraciones Bachelet se mostraba partidaria de resolver el tema marítimo en la CIJ, en los últimos tiempos, su gobierno se ha inclinado por impugnar la competencia de ese Alto Tribunal porque supuestamente no puede obligar a un Estado a negociar y, sobre todo, porque la demanda boliviana estaría dirigida a modificar un tratado de límites (el de 1904). 

En cuanto al primer punto, debemos recordar que en 1997, la CIJ obligó a Hungría y Eslovaquia a negociar el cumplimiento de un Tratado que ambos países habían firmado 20 años antes, referido a la construcción y operación de un sistema de exclusas en el río Danubio en las zonas de Gabcikovo y Nagymaros.

Sobre el segundo punto, relativo a la inevitable modificación del Tratado de 1904 que se requiere para alcanzar una solución con soberanía, es preciso tener presente que la mayor parte de las ofertas chilenas de darle mar a Bolivia, hacen salvedad al Tratado. El Acta Protocolizada del 10 de enero de 1920 por ejemplo señala: "Independientemente de lo establecido en el Tratado de Paz de 1904, Chile acepta iniciar nuevas gestiones encaminadas a satisfacer la aspiración del país amigo subordinando al triunfo de Chile en el plebiscito”; y también establece: "Chile está dispuesto a procurar que Bolivia adquiera salida propia al mar, cediéndole una parte importante de esa zona al norte de Arica y de la línea del ferrocarril que se halla dentro de los territorios sometidos al plebiscito estipulado en el Tratado de Ancón”.
De igual forma, en la nota de 20 de junio de 1950, el canciller chileno, Horacio Walker Larraín, expresa lo siguiente: "… el Gobierno de Chile, junto con resguardar la situación de derecho establecida en el Tratado de 1904, ha estado dispuesto a estudiar, en gestiones directas con Bolivia, las posibilidad de satisfacer las aspiraciones del Gobierno de Vuestra Excelencia y los intereses de Chile”. Y luego aclara que su gobierno "está llano a entrar formalmente en una negociación directa destinada a buscar la fórmula que pueda hacer posible dar a Bolivia una salida propia y soberana al océano Pacífico, y a Chile obtener las compensaciones que no tengan carácter territorial y consulten efectivamente sus intereses”. 
Ese compromiso fue reiterado y ratificado luego por el Gobierno de Chile mediante el Memorándum que el embajador de ese país en La Paz, Manuel Trucco, entregó a la Cancillería de Bolivia el 10 de julio de 1961. 
Asimismo, durante las negociaciones de Charaña, el 19 de diciembre de 1975, el entonces canciller chileno, Patricio Carvajal, respondió con las siguientes palabras a una propuesta que Bolivia le había presentado: "la respuesta chilena se funda en un arreglo de mutua conveniencia que contemplaría los intereses de ambos países y que no contendría innovación alguna a las estipulaciones del Tratado de Paz, Amistad y Comercio, suscrito entre Chile y Bolivia, el 20 de octubre de 1904”, y luego manifiesta: "Chile estaría dispuesto a negociar con Bolivia la cesión de una franja de territorio al norte de Arica hasta la línea de la Concordia…”  
Si bien en esta última declaración existe una contradicción porque primero restringe cualquier innovación del tratado de 1904 y después habla de una cesión territorial; está claro que lo que pide Bolivia a la Corte, es simplemente que Chile cumpla sus compromisos referidos al tema marítimo, la mayoría de los cuales, fueron adoptados por el Estado chileno con el innegable propósito de ceder soberanía territorial. 
Entonces si la Corte resuelve a favor de Bolivia que Chile tiene la obligación de honrar sus promesas, éstas deberán cumplirse de acuerdo a las manifestaciones unilaterales que realizaron sus autoridades y para eso, muy probablemente, y aunque no les guste, se tendrá que modificar el Tratado de 1904. 
A pesar de que la historia corrobora ampliamente lo antedicho, las autoridades chilenas se encuentran muy confiadas en el éxito de su pretendida impugnación de competencia. De hecho, todo apunta a que dicha impugnación se hará efectiva pero no como una excepción preliminar dentro los 90 días posteriores a la presentación de la Memoria, sino como parte del proceso de fondo, junto a la Contramemoria que el país del Mapocho debe entregar en febrero de 2015.
Y eso es así porque una recurso preliminar de incompetencia en este caso tiene muy pocas probabilidades de prosperar por todo lo expuesto y porque para saber si la Corte tiene o no jurisdicción, habría que determinar previamente si las constantes promesas de Chile de darle mar a Bolivia constituyen o no una obligación internacional, que es precisamente la materia sobre la cual debe pronunciarse el Tribunal de La Haya en este caso, ya que la demanda boliviana solicita que la Corte falle y declare que Chile tiene la obligación de negociar con Bolivia, un acuerdo que le permita acceder soberanamente al océano Pacífico.  
Al respecto, es importante considerar que el Estatuto de la Corte señala: 
"Los Estados partes en el presente Estatuto podrán declarar en cualquier momento que reconocen como obligatoria  ipso facto  y sin convenio especial, respecto a cualquier otro Estado que acepte la misma obligación, la jurisdicción de la Corte en todas las controversias de orden jurídico que versen sobre:”, entre otras, "c. la existencia de todo hecho que, si fuere establecido, constituiría violación de una obligación internacional” (Artículo 36). 
Por tanto, si Chile presenta una excepción preliminar de competencia, la Corte tendría que abrir otro proceso, en el cual, las partes deberán presentar sus argumentos para establecer si existe o no una obligación internacional en este caso y determinar así si la Corte tiene o no jurisdicción sobre la demanda boliviana. Es decir, que el país del Mapocho tendría que utilizar argumentos que bien los podría emplear para el juicio de fondo, al cual se llegará de todas maneras si se determina que la Corte tiene competencia. 
En conclusión, a pesar de que la impugnación de competencia es inminente, pues así lo han manifestado las autoridades chilenas; dicha impugnación, por sus pocas probabilidades de éxito, no será presentada como una excepción preliminar sino después, como parte del juicio de fondo.

domingo, 13 de abril de 2014

Antes y después del Protocolo Confidencial de 1904

Por: Andrés Guzmán Escobari
Publicado en Pagina Siete
El pasado 23 de marzo, Pagina Siete publicó en primera página la notable valoración que hizo el Dr. Walker San Miguel sobre lo que significa el Protocolo Confidencial firmado por Bolivia y Chile el 20 de octubre de 1904, junto al Tratado de Paz y Amistad de esa misma fecha.
Dicho Protocolo, según explica San Miguel, “tiene una importancia fundamental (para la demanda boliviana ante la CIJ) ya que ratifica que la cuestión marítima de Bolivia estaba presente en todo el proceso de negociación del Tratado de 1904 y demuestra que Chile le ofreció a Bolivia una salida al Pacífico por territorios que aún eran peruanos pero cuya posesión la tenía Chile”.
Al respecto, es importante recordar que en 1883 los gobiernos de Lima y Santiago firmaron el Tratado de Ancón, mediante el cual, entre otras cosas, Perú cedió incondicionalmente la provincia de Tarapacá a Chile y ambos países resolvieron celebrar un plebiscito para definir si el territorio de Tacna y Arica “queda definitivamente del dominio y soberanía de Chile, o si continúa siendo parte del territorio peruano” (artículo 3).  
Dicho plebiscito, previsto para 1893 según el mismo Tratado, nunca se realizó primero por las dificultades que opuso Chile para su celebración y luego porque ambas partes resolvieron terminar el asunto de otra manera, mediante negociaciones directas que trascendieron en la firma del Tratado de Lima de 1929 y de su Protocolo Complementario, concebido también confidencialmente. Mediante esos acuerdos Chile y Perú definieron su frontera terrestre y condicionaron la cesión de los territorios de Tacna y Arica a un acuerdo previo.  
Pero durante los 46 años que el plebiscito estuvo pendiente (1883-1929), los gobiernos de Lima y Santiago buscaron insistentemente el apoyo de Sucre primero y de La Paz después, para lograr un resultado favorable a sus intereses en la consulta popular que debía llevarse a cabo. En el caso de Chile, esa búsqueda se manifestó en varias ofertas de darle a Bolivia una salida soberana al mar.  
En efecto, la primera vez que el país del Mapocho se manifestó en ese sentido fue en 1895, mediante el Tratado de Transferencia de Territorios suscrito con el gobierno de Sucre. En esa oportunidad, Chile, con el evidente propósito de obtener el reconocimiento de Bolivia sobre el territorio que hoy conforma la región de Antofagasta y de conseguir asimismo el apoyo boliviano para obtener un triunfo en la consulta popular pendiente; se obligó de manera formal y solemne a cederle a Bolivia las provincias de Tacna y Arica si las mismas quedaban bajo su dominio como resultado del plebiscito estipulado en el Tratado de Ancón (artículo 1).
Durante las negociaciones de dicho Tratado, las autoridades bolivianas se negaron a brindar su apoyo a Chile para el plebiscito pendiente porque no querían contrariar al Perú. Por tal motivo, el acuerdo final sólo dispuso: “A fin de realizar el propósito enunciado en los artículos anteriores, el Gobierno de Chile se compromete a empeñar sus esfuerzos, ya sea separada o conjuntamente con Bolivia, para obtener en propiedad definitiva los territorios de Tacna y Arica” (artículo 3).
Luego de fracasadas esas gestiones, y ante el dificilísimo contexto internacional que le tocó enfrentar a Bolivia al iniciarse el siglo XX, el gobierno de La Paz aceptó un acuerdo sin salida al mar y ambos países firmaron el famoso Tratado de 1904 junto al Protocolo Confidencial antes mencionado que al respecto señala: “Bolivia empeñará todos sus esfuerzos, ya sea conjunta o separadamente con Chile, para que los territorios de Tacna y Arica se incorporen definitivamente al territorio chileno”. “… en reciprocidad, Chile prestaría a Bolivia su apoyo diplomático en favor de los derechos de Bolivia sobre el territorio que actualmente ocupa, si llegase a serle disputado por otra nación vecina, ofreciendo su mediación, los buenos oficios y otro recurso amistoso”.
Si bien este Protocolo, que pretendía mostrar a Bolivia dispuesta a congraciarse con Chile aun a costa de enemistarse con el Perú, nunca entró en vigencia porque jamás alcanzó ratificación congresal en nuestro país y porque fue firmado sin autorización del gobierno de La Paz por el Ministro boliviano en Santiago, Alberto Gutiérrez; no deja de llamar la atención que mediante el mismo Chile solo ofrezca “apoyo diplomático” a cambio del respaldo boliviano… algo más tuvo que haberse negociado, como bien apunta San Miguel.
Al respecto, en 1919, Emilio Bello Codesido, quien suscribió los acuerdos de 1904 por parte de Chile, publicó un libro sobre las negociaciones llevadas a cabo entre 1900 y 1904 en el cual revela que su país aceptó firmar un acuerdo no definitivo con Bolivia en 1884 (Pacto de Tregua) porque tenía previsto "satisfacer las aspiraciones de Bolivia una vez que se definiera con arreglo al Tratado de Ancón, la nacionalidad definitiva de los territorios de Tacna y Arica”; y en cuanto a futuros entendimientos decía: “no podemos ni debemos poner en duda la amistad de Bolivia, su lealtad y consecuencia con los compromisos que la ligan a nuestro país. Su aspiración de puerto propio la hemos considerado siempre legítima y respetable. Independientemente de la situación creada por el Tratado de Paz con Chile ¿por qué no podría esa aspiración traducirse en futuros acuerdos basados en compensaciones suficientes y equitativas?” (Bello, Emilio: Anotaciones para la historia de las negociaciones diplomáticas con el Perú y Bolivia. 1900-1904. La Ilustración. 1919. Pág.205).  
Emilio Bello Codesido
En efecto, a los pocos meses de publicar su libro y con el propósito de obtener el respaldo boliviano en el plebiscito pendiente, Bello vino a La Paz como Ministro Plenipotenciario de su país y el 10 de enero de 1920 suscribió con el Canciller boliviano de la época, Carlos Gutiérrez, un Acta Protocolizada en la cual manifestó en nombre de su gobierno: “Chile está dispuesto a procurar que Bolivia adquiera una salida propia al mar, cediéndole una parte importante de esa zona al norte de Arica y de la línea del ferrocarril que se halla dentro de los territorios sometidos al plebiscito estipulado en el Tratado de Ancón”. “Independientemente de lo establecido en el Tratado de Paz de 1904, Chile acepta iniciar nuevas gestiones, encaminadas a satisfacer la aspiración del país amigo, subordinada al triunfo de Chile en el plebiscito”. “Para la consecución de estos fines, Bolivia aunaría desde luego su acción diplomática a la de Chile y se comprometería a cooperar eficazmente a asegurar el resultado favorable a Chile del voto plebiscitario en el territorio de Tacna y Arica”.
En su respuesta, el Canciller Gutiérrez, luego de agradecer el ofrecimiento chileno de negociar una salida al mar para nuestro país señaló: “En cuanto a la idea de cooperar Bolivia a la vinculación de Tacna y Arica a la soberanía de Chile, como emergencia de la negociación de paz y amistad concluida en 1904, sólo había sido expuesta en una acta protocolizada en que constaba la impresión personal de un diplomático boliviano, sin que tal acta hubiera recibido aprobación del gobierno ni del Congreso de este país, sino más bien manifestaciones adversas en el seno de los poderes públicos”.   
Por lo dicho podemos concluir que el gobierno boliviano nunca concedió su apoyo al de Santiago para el plebiscito estipulado en el Tratado de Ancón, que Chile manifestó su voluntad de darle a Bolivia un puerto propio antes y después del Tratado de 1904 y que el mismo suscriptor de ese infausto Tratado por parte de Chile, fue un firme partidario de alcanzar un arreglo con mar para Bolivia. 

lunes, 31 de marzo de 2014

El diálogo no marítimo con Bachelet

Por: Andrés Guzmán Escobari 
Obnubilados quizás por su preocupación, algunos de los aludidos llegaron a afirmar que los demás temas son irrelevantes para Bolivia.

En los últimos días la presidenta de Chile, Michelle Bachelet, dijo que es perfectamente posible restablecer el diálogo con Bolivia, pero dejando de lado el tema marítimo que, como es sabido, fue llevado a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por nuestro gobierno. "Creemos que es perfectamente posible dialogar sobre los otros puntos... pero el tema (del mar), ellos lo llevaron allí y allí se resolverá”, sentenció la reasumida Mandataria.
Posición que levantó un mar de críticas de parte de variados personajes de nuestro medio, quienes no le hayan sentido a conversar con La Moneda sobre "los otros puntos” de la agenda bilateral mientras no se resuelva el tema marítimo que es, sin duda, el asunto más importante y delicado de nuestras relaciones internacionales. Obnubilados quizás por su preocupación, algunos de los aludidos llegaron a afirmar que los demás temas son irrelevantes para Bolivia.  
Pero dichas apreciaciones no tienen en cuenta todos los factores en juego y, lo que es peor, no contribuyen al prevalecimiento de nuestros intereses nacionales. Me permito discrepar con quienes piensan así básicamente por dos motivos: (1) la demanda presentada por el Gobierno nacional ante la CIJ tiene buenas posibilidades de prosperar; y (2) hay ciertos puntos de los demás temas pendientes que son importantísimos para Bolivia y que, por tanto, deben también contar con un canal de diálogo –aun cuando sea independiente del tema marítimo– que permita resolverlos. 
Respecto al primer motivo, cabe recordar que la demanda marítima boliviana solicita que la CIJ falle y declare que Chile tiene la obligación de negociar con Bolivia un acuerdo que le permita recuperar un acceso soberano al océano Pacífico. Solicitud que se basa en la contundente e innegable evidencia histórica de que el Gobierno de Santiago aceptó conversar con La Paz sobre este tema en muchísimas oportunidades y que, en algunas  de ellas, incluso ofreció formalmente a Bolivia un territorio con soberanía al norte de Arica.
En cuanto a la jurisprudencia, podemos citar el caso entre Siam (ahora Tailandia) y la Indochina Francesa (ahora Camboya), en el cual la CIJ encontró que el Gobierno siamés había reconocido tácitamente la soberanía indochina en el templo Preah Vihear, mediante ciertas manifestaciones oficiales de sus autoridades. Asimismo, cabe mencionar el caso presentado por Nueva Zelanda y Australia en contra de Francia, en el cual ese mismo tribunal determinó que las declaraciones de las autoridades francesas en cuanto a que no realizarían más pruebas nucleares en el océano Pacífico tenían carácter vinculante. De igual forma, la Corte Permanente Internacional de Justicia dictaminó que la declaración del ministro de Relaciones Exteriores de Noruega en 1919, Nils Claus Ihlen, en relación a que "los planes del Gobierno de Dinamarca respecto a la soberanía danesa sobre toda Groenlandia… no encontrarán dificultades de parte de Noruega”, era también obligatoria.
En buenas cuentas, lo que Bolivia está pidiendo a la Corte es algo tan sensato como que Chile cumpla sus compromisos. Por tanto, no debemos inquietarnos porque ahora el Gobierno de Bachelet no quiera negociar el tema marítimo, todo lo contrario, debemos tomarle la palabra a Bachelet, conversar sobre todos los demás temas pendientes y continuar con la demanda asignándole, eso sí, la prioridad que amerita.
Al respecto, debemos tener en cuenta la altísima importancia y gravedad de "los otros temas” si queremos condicionar su tratamiento al diálogo simultáneo del tema marítimo, pues son asuntos que afectan a Bolivia y que a Chile le conviene mantener en el congelador, como lo ha hecho desde noviembre de 2010, cuando el Gobierno de Piñera decidió interrumpir el diálogo de la agenda de 13 puntos al cancelar una reunión que debía celebrarse por esas fechas en Arica, de acuerdo a lo convenido el 14 de julio de ese mismo año, cuando en relación al tema marítimo (punto 6), ambos países se comprometieron formalmente a "presentar así como alcanzar soluciones concretas, factibles y útiles en la próxima y sucesivas reuniones”. 
Entre los otros temas, además del narcotráfico, contrabando, migración y comercio, está el uso no autorizado de aguas bolivianas por parte de Chile, la aplicación del libre tránsito de Bolivia en territorio y puertos chilenos, la paralización del ferrocarril Arica - La Paz y el mantenimiento de minas antipersona y anti-vehículos en el lado chileno de la frontera. 
Río Caquena o Cosapilla
En efecto, a los bolivianos debe interesarnos conversar sobre los recursos hídricos compartidos porque actualmente Chile utiliza cerca de 6.000 litros por segundo de aguas bolivianas sin autorización y sin pagar ni un centavo, que corresponden a 300 litros por segundo del Silala, aproximadamente, a casi 3.000 litros por segundo del río Lauca y a más de 3.000 litros por segun do del río Caquena o Cosapilla, este último con el agravante de que su desviación representa nada menos que una flagrante violación de parte de Chile al Tratado de 1904 que, en su artículo 2, establece que la frontera entre los dos países "seguirá el curso del río Caquena o Cosapilla”. 
Asimismo, sería bueno conversar sobre el derecho de libre tránsito de Bolivia por territorio y puertos chilenos que fue otorgado por Chile con el evidente e inequívoco propósito de atenuar los efectos del enclaustramiento impuesto a nuestro país a partir de 1879, pero que, a lo largo de la historia no se ha aplicado como establece el Tratado de 1904 y las convenciones de 1912, 1937, 1953 y 1996; un ejemplo de ello es el reciente paro portuario (diciembre – enero 2014) que el Gobierno chileno no pudo resolver sino después de 25 largos días de paralizaciones en casi todas sus terminales portuarias. 
Por otra parte, la paralización por ya casi una década del Ferrocarril Arica – La Paz en el lado chileno  representa el más llamativo incumplimiento de Chile a los acuerdos bilaterales, porque dicha vía férrea fue la principal compensación que recibió Bolivia por su vasto, rico y único litoral. Por tanto, es también muy importante restablecer el diálogo para coordinar  -una vez que se restablezcan las operaciones del tren que creemos que será pronto– la administración del ferrocarril de acuerdo a lo convenido y en ese mismo marco, establecer si corresponde algún tipo de resarcimiento por los daños y perjuicios ocasionados durante los años de su inmovilización en el lado chileno.
Finalmente, a los bolivianos – como también a peruanos y argentinos – nos deben preocupar las miles de minas antipersona y anti-tanque que Chile mantiene en sus fronteras desde los años 70. Este asunto es precisamente uno de los pocos en los que se logró avanzar un poco durante la vigencia de la Agenda de 13 puntos (2006 – 2010), no obstante, y a pesar de los compromisos asumidos por las autoridades chilenas en el marco de la ONU para desminar completamente su territorio, los campos minados siguen ahí, lesionando y matando cada cierto tiempo a los habitantes y animales de la zona.
Por lo dicho, no debe causar alarma que Bachelet no quiera conversar sobre el tema marítimo porque su tratamiento fue judicializado. 
De hecho, ya es un gran avance que Chile acepte dialogar sobre "los otros temas” si consideramos que el Gobierno del presidente Piñera congeló no sólo el tema marítimo, sino absolutamente todos los demás puntos de la agenda. En ese sentido, es imperioso aprovechar la oportunidad histórica que nos presenta el juicio ante la CIJ  para demostrarle al mundo que cuando no se trata del mar, bolivianos y chilenos podemos entendernos civilizadamente.

lunes, 24 de marzo de 2014

Bolivia´s Reasonably Strong ICJ Case against Chile

By: Andres Guzman Escobari

[Andrés Guzmán Escobari is a former Bolivian diplomat, a Professor at Universidad del Valle and Universidad de los Andes and an associate researcher for the German Foundation Friedrich-Ebert-Stiftung. The opinions expressed are strictly personal.]


A few days after Bolivia instituted proceedings against Chile before the International Court of Justice, Julian Ku wrote a post here on Opinio Juris entitled “Bolivia´s Ridiculously Weak ICJ Case against Chile”.  His main claim?  “This case looks like a sure loser on admissibility; it looks like it is going to be a major waste of time for the ICJ”.
In this post, I would like to offer a rebuttal to Mr Ku’s comments and to explain why Bolivia’s case is not only not a ‘sure loser’ but is reasonably strong.  The case concerns Bolivia’s request that the Court declare and adjudge that “Chile has the obligation to negotiate with Bolivia in order to reach an agreement granting Bolivia a fully sovereign access to the Pacific Ocean” because “Chile has breached the said obligation”. Specifically, for that reason, “Chile must perform the said obligation with good faith, promptly, formally, within a reasonable time and effectively, to grant Bolivia a fully sovereign access to the Pacific Ocean”.
Mr Ku develops two mains arguments to support his opinion: (1) that there is no compulsory ICJ jurisdiction under the Bogota Treaty; and (2) that there is no specific obligation on Chile to negotiate an agreement granting Bolivia an access to the Pacific Ocean because the language of the declarations made by Chilean authorities with the purpose of giving Bolivia back sovereign access to the sea were “non-obligatory”.
With regard to the first argument, it suffices to read the responses to his post here on Opinio Juris or just to note that the case has been already accepted by the Court.
As to the second argument, considering that Bolivian legal arguments are based on the Unilateral Acts of States, the language used by Chilean representatives is not the most important issue to analyse here, nor the intention behind those declarations. What really matters is the conduct of Chile towards this problem. Indeed, according to Aleš Weingerl (University of Oxford) the obligations created by unilateral acts “come into existence as a result of the conduct of one State” and that conduct “alone operates as the only relevant factor”. So language, from the Unilateral Acts theory perspective, is not as important as Chile’s historical behaviour, since it has recognized many times the existence of the problem and has offered Bolivia, no less than 10 times, a sovereign access to the sea. Let me highlight a few of the most important Chilean statements.
The official communication signed by the Chilean Minister of Foreign Affairs, Horacio Walker, on 20 June 1950, precisely states that the government of Santiago “is willing to formally enter into a direct negotiation aiming at finding the formula which would make it possible to grant Bolivia an own and sovereign access to the Pacific Ocean and for Chile to obtain compensations that are not of a territorial nature and that effectively take into account its interests”.
The same purpose to enter into negotiations to grant Bolivia a sovereign access to the sea was later reiterated by Chile through a Memorandum forwarded by its Ambassador in La Paz, Manuel Trucco, to the Bolivian Ministry of Foreign Affairs on 10 July 1961.
Moreover, on 8 February 1975, the President of Chile, Augusto Pinochet, signed a Declaration with his Bolivian peer, Hugo Banzer, in which both statesmen assumed a compromise “to find formulas to solve the vital issues which both countries faced, such as one relating to the landlocked situation that affects Bolivia”. With this compromise, both governments started a negotiation in which Chile, through an official note subscribed by its Minister of Foreign Affairs, Patricio Carvajal on 19 December 1975, expressed: “it would consider, as manifested by the President Banzer, the cession to Bolivia of a sovereign seacoast linked to the Bolivian territory by an equally sovereign territorial strip”. “Chile would be willing to negotiate with Bolivia the cession of a territorial strip at the northern part of Arica along the line of Concord (border between Chile and Peru)”. “Once the final agreement is produced, a solemn witness will be left declaring that the territorial cession allowing sovereign outlet to the sea, represents the full and final solution to the landlocked situation of Bolivia”.
With this last phrase, Chile did, undeniably, acknowledge that the full and final solution to the landlocked situation of Bolivia must be achieved by a territorial cession that allows Bolivia to recover its sovereign outlet to the sea.
Furthermore, Chile adopted some other pledges by accepting and signing multilateral agreements or resolutions that referred to the maritime problem of Bolivia, such as the Ayacucho Statement of 1974 and the Resolutions adopted by OAS in 1980, 1981 and 1983; with this last Resolution, Chile formally accepted “to find a formula for giving Bolivia a sovereign outlet to the Pacific Ocean, on a basis that takes into account mutual conveniences and the rights and interests of all parties involved”.
In recent years, the Chilean administration of Madame Michel Bachelet agreed to start negotiations about the maritime theme as part of a 13-point Agenda which, after four years of conversations without results, led to an another formal Chilean pledge, this time “to present and to achieve concrete, feasible and useful solutions” for the maritime issue, as written in the Act signed in La Paz by the  Vice Minister of Foreign Affairs of the President Sebastian Piñera, Fernando Schmidt on 14 July 2010. A few months later, however, Chile “lost” interest in continuing negotiations with Bolivia (just as it had done in all the aforementioned attempts).  Then, suddenly and without any explanation, Chile decided to cancel the meeting in which both countries had to fulfil the agreement just quoted. After that, the Bolivian President Evo Morales announced his decision to call Chile to account at the ICJ.
All of these unilateral Chilean acts form the legal basis for Bolivia’s claim, although they were preceded by some other pledges of Chile of similar or higher legal relevance made before 1948 (when the jurisdiction of the Court started according to the Bogota Treaty) such as the Treaty of Territorial Transfer of 1895, the Protocol Act of 1920, the Mathieu Circular Letter of 1926 and the Chilean note of acceptance to the U.S. Secretary of State Frank B. Kellogg Proposal of 1926. In addition, there are many others compromises adopted by Chilean authorities verbally since the beginning of the Pacific war in 1879 (in which Bolivia lost its unique coastline) until recently, enforcing the idea that Chile has the obligation to negotiate an agreement to restore the maritime condition of Bolivia.
In terms of the international legal precedents, it is important to mention that in 1962 the ICJ found that Siam (now Thailand) tacitly recognized the sovereignty of French Indo China (now Cambodia) over the Temple Preah Vihear because of the conduct of the State of Siam, expressed in different acts of its official representatives which clearly demonstrated such recognition. In the same way, in 1974, in the case instituted by New Zealand and Australia against France, the Court recognized that the public statements of the French official authorities in order to cease nuclear-testing were legally binding.  And, in the case between Denmark and Norway regarding to the sovereignty over eastern Greenland, the Permanent Court of International Justice determined that the verbal declaration of Mr Ilhem, the Norwegian Foreign Minister, was also legally binding.
These precedents suggest that so too much Chile be bound to its prior declarations and commitments to give Bolivia a fully sovereign access to the sea. Because all of this, we, the Bolivians, optimistically expect to achieve a favourable result in this process and think that the only ridiculous thing about this case, is the opinion of people who hastily and frivolously express their thoughts without full knowledge of the facts at issue.

domingo, 23 de marzo de 2014

Entrevistas por el día del mar

Bolivia TV, 21 de marzo de 2014
Después de reasumir la Presidencia de Chile, Michel Bachelet, ofreció retomar el diálogo de la Agenda de 13 puntos con Bolivia, pero excluyendo el tema marítimo por haber sido éste judicializado por el gobierno boliviano. La siguiente entrevista se centra en la pertinencia de retomar el diálogo sin tocar el tema marítimo y en las posibilidades que tiene Bolivia dentro del proceso iniciado ante la Corte Internacional de Justicia: 
  

La Primera de ATB, 24 de marzo de 2014
El 23 de marzo de 2014, en el acto conmemorativo a la Defensa de Calama, el Presidente Evo Morales emitió un mensaje en el que ratificó el curso del proceso judicial iniciado contra Chile y aludió a la importancia de superar en democracia lo alcanzado por los gobiernos militares en los años 70. En la siguiente entrevista se tocan esos temas y algunos otros relacionados.


sábado, 8 de febrero de 2014

jueves, 30 de enero de 2014

Analista dice que no habló a título de Diremar en diario chileno

Por: Iván Paredes 
Publicado en: El Deber

 

El analista en temas internacionales Andrés Guzmán aclaró que las declaraciones que hizo al diario chileno La Tercera, las hizo en condición de analista y no como una posición de la Dirección Estratégica de Reivindicación Marítima (Diremar). 
El rotativo del vecino país, en su página digital, publicó este miércoles un artículo con el título:Asesor de la Diremar: “Si Chile cumple lo que ha prometido” Bolivia retirará su demanda ante la Corte de La Haya”. Esta publicación enfoca las declaraciones del especialista, pero a título personal y no como una posición del Estado Plurinacional de Bolivia. 
Guzmán, en contacto con El Deber Digital, admitió que conversó con La Tercera, pero aclaró, en el contacto telefónico, que sus declaraciones las hacía en una posición analítica. Es más, dijo, volvió a recalcar al periodista que ya no es asesor de la Diremar. 
“No sé por qué pusieron así, ya que yo no soy asesor externo; sí he trabajado en la Diremar antes, pero ahora ya no”, desmintió Guzmán. 
El diario chileno publicó la nota con el enfoque de las pretensiones bolivianas para recuperar territorio perdido en la Guerra del Pacífico. En la publicación Guzmán reconoce que si el Gobierno chileno cumple con entregar espacio soberano prometido, como en las negociaciones de 1975, la administración de Evo Morales retiraría la demanda instalada en la Corte Internacional de Justicia. Esta mañana, Guzmán insistió que sus declaraciones son en condición de analista.

miércoles, 29 de enero de 2014

La realidad portuaria en Iquique para Bolivia

Por: Editorial de Opinión
Publicado en: opinion.com.bo

Expresión.

El conflicto que se originó entre el Gobierno de Chile y trabajadores portuarios por falta de un acuerdo por el pago por media hora de reconocimiento de los operarios para comer y que les era descontado, finalmente se solucionó a fines de la anterior semana con el pago de 1.5 millones de pesos chilenos por trabajador.
Un paro portuario por las causas que fueren, es un hecho que puede presentarse en cualquier momento y en cualquier circunstancia y en cualquier país. Sin embargo el paro portuario en Iquique, tiene connotaciones especiales para Bolivia, porque nuestro país depende de este puerto para sus operaciones de importación y exportación de productos. Y depende de este lugar marítimo no por propia voluntad sino como consecuencia de un problema mayor y de connotaciones internacionales, pues a partir de la firma del Tratado de 1904 con Chile, se garantiza el uso fluido de los puertos chilenos como una compensación por la pérdida del litoral boliviano producto de la invasión de Chile a los costas marítimas bolivianas en 1879.
Una interrupción, nada menos que por 25 días de las operaciones en el puerto de Iquique, por un problema que resulta hasta banal como es el horario empleado por los operarios para comer y su respectivo pago, es una demostración clara e indiscutible de una más de las vulneraciones al Tratado y de la intención manifiesta de perjudicar y maltratar las operaciones bolivianas y a los transportistas connacionales.
No se puede colegir algo diferente porque las actitudes son las que se expresan por sí solas, cuando problemas que son considerados por su propia esencia como simplemente administrativos y de soluciones no complejas, son dilatados hasta límites que luego derivan en grandes perjuicios para nuestro país y para su economía.
Desde luego que las reclamaciones realizadas por este hecho por el Ministerio de Desarrollo Productivo de Bolivia, son justas y oportunas, aunque seguramente como ha ocurrido en anteriores oportunidades, la desidia de las autoridades correspondientes del vecino Chile, será nuevamente la respuesta que configura en todo caso un eslabón más de la cadena de injusticias que soporta Bolivia, relacionadas con los nefastos hechos de 1879.
Lo que ha ocurrido durante los días del paro en el puerto de Iquique, plantea un hecho que no solo ilustra en su faceta más injusta la situación por la que Bolivia atraviesa respecto a sus oportunidades de comercio internacional, sino que es una expresión de las causas justas que viene exponiendo desde hace más de un siglo para recuperar su salida soberana al Pacífico. Seguramente que estos aspectos tienen que ser analizados en su dimensión, dentro del proceso que Bolivia ha presentado por su causa marítima ante la Corte Internacional de Justicia en la Haya, donde reclama ser escuchado con honestidad por Chile, en su reclamación más que centenaria.