El proceso que abrió Perú contra Chile en la Corte Internacional de Justicia de la Haya, para que ese alto Tribunal defina el límite marítimo y el punto donde comienza la frontera terrestre entre ambos países, entró en la última etapa de su fase escrita con la presentación de la réplica peruana el pasado 9 de noviembre, lo cual significa que una tercera parte en el conflicto, sólo podrá hacer valer sus derechos o intereses ante dicha Corte, antes del 9 de julio de 2011, cuando se cumpla el plazo para que Chile presente su dúplica. Si bien se trata de un asunto bilateral, y así lo han hecho saber los gobiernos involucrados mediante un comunicado conjunto de sus Cancillerías en noviembre de 2004, el estatuto de la Corte señala “Si un Estado considerare que tiene un interés de orden jurídico que puede ser afectado por la decisión del litigio, podrá pedir a la Corte que le permita intervenir” (Art. 62).
Por una parte, Ecuador, que fue notificado por el Tribunal de Justicia de la Haya para pronunciarse sobre el litigio de referencia por ser signatario de los acuerdos de 1952 y 1954, que para Chile son tratados de límites y para Perú convenios pesqueros; ha decidido mantenerse al margen de la controversia, manifestado que el diferendo peruano-chileno debe ser resuelto en la Haya. Al respecto, el Presidente Rafael Correa, con el propósito de obtener una manifestación escrita del gobierno peruano que exprese la conformidad de este último con la frontera marítima que comparte con Ecuador, dijo que no teniendo ningún problema limítrofe con Perú, “no hay razón para involucrarse en un litigio bilateral que debe resolverse en el marco jurídico”.
Por otra parte, Bolivia, que si bien no es parte de los acuerdos que suscitaron toda esta controversia, ni tampoco tiene derechos de orden jurídico que pudieran verse afectados por el fallo que emitirá la Corte; mantiene un alto interés en la definición de este proceso porque los territorios en disputa son precisamente los que más factiblemente podrían permitirle recuperar un acceso soberano al mar y porque la determinación que tome la Corte, sea cual fuere, afectará los intereses o derechos expectaticios de Bolivia. Por un lado, si la sentencia fuese favorable al Perú, el mar que recibiría Bolivia, en caso de llegar a un acuerdo en el que Chile y Perú acepten cederle un corredor al norte de Arica; ya no se proyectaría al oeste siguiendo el paralelo geográfico como hasta ahora se había previsto, sino hacia el suroeste siguiendo la línea equidistante que divida las aguas peruanas y chilenas. Por otro lado, si el fallo diera la razón a Chile, manteniendo el límite fronterizo sobre el paralelo geográfico, Bolivia de hecho tendría menos espacio para aprovechar su derecho de navegación en el mar peruano, que le fue concedido recientemente por Perú mediante la firma del Protocolo Ampliatorio de los Convenios de Ilo.
Varios de los entendidos bolivianos en el tema se han pronunciado sobre esta situación expresando diferentes posturas ante la posibilidad de que Bolivia presente a la Corte Internacional de Justicia de la Haya, los fundamentos de su demanda de reintegración marítima, para que sean considerados por ese Tribunal en su veredicto final.
Al respecto, el reconocido jurista e historiador boliviano, Rodolfo Becerra de la Roca, autor de varios escritos sobre el problema marítimo de Bolivia, y defensor de la postura “reivindicacionista”, que asegura que la única forma de solucionar el problema que genera el enclaustramiento boliviano, es a través de la recuperación de los territorios perdidos en la guerra iniciada por Chile en 1879; ha expresado categóricamente que no corresponde ninguna figura de tercería porque, como lo expresa el citado artículo 62, ésta debe sustentarse en un interés de orden jurídico que, como se dijo, Bolivia no posee. Asimismo, Becerra de la Roca rechaza la posibilidad de hacer conocer a la Corte de Justicia de la Haya una posición precautoria de la necesidad de resolver el enclaustramiento de Bolivia porque “un Juez o Tribunal, si es imparcial, está obligado a fallar conforme a derecho y no obedeciendo a veleidosas expectativas que se le expongan”.
Si bien coincidimos con la primera afirmación, y así también lo ha manifestado el Canciller David Choquehuanca a la prensa, en cuanto a que Bolivia no terciará en este asunto; no estamos de acuerdo con anular la posibilidad de dar a conocer el sumo interés que mantiene Bolivia sobre los territorios que son parte de esta controversia. Primero porque dicho interés no se basa en una “veleidosa expectativa” sino en un derecho legítimo por resolver la enorme injusticia que representa el encierro geográfico impuesto a nuestro país hace más de un siglo. Segundo, el Estado boliviano, no puede dar ni la más mínima muestra de claudicación en el más importante objetivo de nuestra política exterior, al no manifestar su postura, precisamente en el momento en que los países a los cuales atañe resolver el problema capital de Bolivia, están definiendo los límites del espacio físico que más posible y lógicamente podría servir para resolverlo. Y tercero, la presentación de los intereses bolivianos a la Corte de Justicia de la Haya, no implica necesariamente un deterioro de las relaciones que Bolivia mantiene con Perú y Chile, porque los argumentos se expondrían de manera totalmente imparcial y porque así se lo haría saber a esos dos países, al momento de entregarlos.
Nota: los comentarios vertidos son opinión del autor y no comprometen la postura del gobierno de Bolivia.