domingo, 14 de febrero de 2016

Obligación chilena de negociar de buena fe

Por: Andrés Guzmán Escobari 

Son tantas las veces que el Estado chileno se comprometió a negociar un acceso soberano al mar, que es poco probable que la Corte falle que Chile no tiene obligación de negociar. 

Los jueces de la CIJ al momento de emitir su fallo sobre la objeción preliminar chilena.
La buena fe y la obligación de negociar son los dos principales fundamentos jurídicos de la demanda que Bolivia presentó ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para recuperar una salida soberana al mar, ya que dicha demanda solicita que la Corte falle y declare que Chile tiene la obligación de negociar de buena fe un acuerdo que le devuelva a nuestro país un acceso soberano al Océano Pacífico (Obligación de Negociar Acceso al Océano Pacífico. Bolivia v. Chile. 2013. Aplicación. p. 7).  
La buena fe es uno de los principios generales más básicos y esenciales del Derecho Internacional. Según la CIJ, es un principio que “obliga a las partes a aplicarlo en forma razonable y de tal manera que su propósito se pueda realizar” (Proyecto Gabčíkovo-Nagymaros. Hungría v. Eslovaquia. 1997. CIJ. p. 79) y también reconoce que “uno de los principios básicos que rigen la creación y el cumplimiento de las obligaciones legales, sea cual sea su origen, es el principio de la buena fe” (Ensayos Nucleares. Australia y Nueva Zelanda v. Francia. 1974. CIJ. Pág. 268).
La obligación de negociar, por otra parte, es una noción jurídica menos desarrollada y por tanto, menos entendida. No obstante, existen algunos casos en los que la CIJ dictaminó que la obligación de negociar debe aplicarse de buena fe. Como la disputa Nicaragua v. Honduras, en el cual, la Corte determinó que “las partes deben negociar de buena fe con vistas a acordar el trazado de la línea de delimitación…” (Diferendo territorial y marítimo en el mar Caribe. Nicaragua v. Honduras. 2007. CIJ, p. 763), o el caso Hungría v. Eslovaquia, en el que la Corte falló que las partes “deben negociar de buena fe teniendo en cuenta la situación existente y adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el logro de los objetivos del Tratado de 16 de septiembre de 1977” (Ibíd. 1997, p. 79). En este último caso, el Tribunal también dictaminó que “las partes tienen la obligación jurídica, durante las negociaciones que han de celebrar en virtud del artículo 5 del acuerdo especial, de considerar, en el contexto del Tratado de 1977, en qué medida pueden cumplirse del mejor modo posible los múltiples objetivos del Tratado, teniendo en cuenta que deben cumplirse todos ellos” (Ibíd. 1997, p. 82).
Por tanto, más allá de que efectivamente la Corte no puede predeterminar el resultado de una eventual negociación (Bolivia v. Chile. 2015. Fallo CIJ sobre objeción preliminar, par. 33), cualquier fallo que determine una obligación de negociar, debe ser cumplido de buena fe, es decir, honrando y respetando lo acordado, ofrecido y/o promedito en relación al objeto de la disputa. Al respecto, cabe recordar que según el fallo de la CIJ sobre la objeción preliminar chilena, el objeto de la disputa consta de dos partes: “1) si Chile está obligado a negociar de buena fe un acceso soberano de Bolivia al mar, y 2) si Chile ha incumplido esa obligación” (Ibíd. 2015, par. 32).

Ahora bien, considerando que la carga de la prueba recae en el Estado demandante, Bolivia deberá probar que Chile adquirió dicha obligación de negociar y que luego no la cumplió. Lo cual, aunque parezca un exceso de confianza decirlo, no resultará tan difícil.
En efecto, en primer lugar, son tantas las veces que el Estado chileno ofreció, prometió o se comprometió a negociar un acceso soberano al mar para Bolivia, que es poco probable que la Corte falle que Chile no tiene obligación de negociar.
Después de suscribir el Tratado de 1904, Chile ofreció negociaciones a Bolivia para darle una salida soberana al mar en 1920, mediante el Acta suscrita por su Ministro en La Paz, Emilio Bello; en 1921, a través de las declaraciones su Delegado ante la Liga de las Naciones, Agustín Edwards; en 1923, mediante las cartas que su Canciller, Luis Izquierdo, remitió al Ministro boliviano Jaimes Freyre; en 1950, a través de la nota que su Ministro de exteriores, Horacio Walker, envió al Embajador boliviano, Alberto Ostria; en 1961, mediante el Memorándum de su Embajador en Bolivia, Manuel Trucco, a la Cancillería paceña; en 1975, a través del Acta firmada por su presidente, Augusto Pinochet, y el presidente boliviano, Hugo Banzer, en Charaña; y ese mismo año, a través de la nota de su Canciller, Patricio Carvajal, al Embajador boliviano, Guillermo Gutiérrez. Asimismo, en 1926, el Canciller chileno Beltrán Mathieu declaró en una Circular a todas sus legaciones en el extranjero: “aceptamos sacrificar en interés de Bolivia, una parte del departamento de Arica”; ese mismo año, el Canciller Jorge Matte, accedió a considerar la Propuesta Kellogg que sugería transferir a Bolivia las provincias de Tacna y Arica; en 1983, Chile votó a favor de la Resolución 686 de la OEA, que exhorta a los dos países a iniciar un proceso de acercamiento “…que haga posible dar a Bolivia una salida soberana al Océano Pacífico…”; y en 2006, el gobierno de Michel Bachelet aceptó incluir en la Agenda bilateral de negociaciones el tema marítimo.

El equipo de Bolivia en el Palacio de La Paz durante la presentación de los alegatos orales por la objeción preliminar chilena.  
En cuanto al cumplimiento de la obligación de negociar, también es posible demostrar que no hubo buena fe de parte Chile. Al respecto, si bien no alcanzaremos a referirnos a todas las ocasiones citadas por falta de espacio, sí podemos mencionar a una de ellas, la negociación de Charaña, que fue la más importante del siglo XX. En aquella ocasión, además de que el fracaso de las conversaciones se produjo principalmente porque Chile rechazó de plano la contrapropuesta del Perú, y le endosó a nuestro gobierno la responsabilidad de obtener el asentimiento peruano para la cesión de territorios ariqueños de acuerdo al Protocolo Complementario de 1929; se evidencia que no hubo buena fe de parte de Chile porque luego de ofrecer un corredor al norte de Arica a Bolivia, a cambio de ingentes compensaciones territoriales (por tierra y mar de 200 millas marinas); exigió a nuestro gobierno que defina los territorios de canje sin haber recabado el acuerdo previo del Perú, tal como establece el citado Protocolo de 1929.
En otras palabras, Chile ofrecía un corredor y quería conocer qué territorios incorporaría a su dominio (incluso solicitó inspeccionarlos); sin tener los títulos saneados para realizar tal transacción…

En conclusión, nos encontramos al inicio de un proceso judicial que nuestro país puede ganar sin mayores sobresaltos si todo se hace bien, como hasta ahora, y en ese caso, Chile se verá obligado a negociar de buena fe un acceso soberano al mar para Bolivia. 

La narrativa oficial chilena sobre la invasión de 1879

El gobierno de Chile construyó y difundió el concepto de “guerra civilizadora”, con el propósito de justificar sus acciones bélicas en contra de Bolivia y Perú. 


Por: Andrés Guzmán Escobari 
Publicado por La Razón (Animal Político) 

Hace 137 años, el 14 de febrero de 1879, tropas chilenas invadieron el puerto boliviano de Antofagasta sin previa declaratoria de guerra y estalló así la conflagración que dejó a nuestro país sin acceso soberano al mar. Cerca de 50 días después, a principios de abril, Chile declaró la guerra a Bolivia y Perú, con lo que se iniciaron oficialmente las hostilidades.
La narrativa oficial del país que resultó vencedor de la contienda no reconoce estos hechos tal como han sido descritos. De hecho, en su versión de la historia, Chile tuvo que “ocupar” Antofagasta porque el gobierno boliviano había "roto" el Tratado de 1874 que en ese momento definía la frontera, y fue Bolivia la que primero declaró la guerra.
Por lo dicho, en las siguientes líneas intentaré contribuir al debate sobre ésta y otras discrepancias de la historia, que no han permitido desarrollar una relación de buena vecindad entre ambos países, y que muy por el contrario nos mantienen distanciados, sin relaciones diplomáticas, con varios temas pendientes y con un juicio ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ). En ese sentido, a continuación se presenta un análisis crítico del discurso oficial de Chile, basado en los escritos de algunos entendidos en la materia.
Las discrepancias que existen respecto a la historia, según la historiadora peruana Carmen Mac Evoy (2011: 90), se originan en el periodo que antecedió y contemporizó con la Guerra del Pacífico, cuando el gobierno de Santiago comenzó a construir y difundir el concepto de “guerra civilizadora”, con el propósito de justificar sus acciones bélicas en contra de Bolivia y Perú. De hecho, la idea primigenia era implementar el proyecto político-militar chileno que, concebido con razones económicas y expansionistas, se explicaba al público, principalmente chileno, con un discurso de ideales occidentales, cristianos y republicanos traídos desde Europa, donde el concepto de “guerra civilizadora” se encontraba mucho más desarrollado (Mc Evoy, 2011: 411). 
En efecto, según el historiador chileno Rodrigo Naranjo (2011: 28-29), que comparte en buena medida lo expresado por Mac Evoy, todos esos ideales europeos, que hacían ver a Chile como un país “superior” en relación a sus vecinos del norte, especialmente en términos militares, legales, morales y raciales, hicieron que los chilenos sientan “la responsabilidad de civilizar a los pueblos bárbaros de Bolivia y Perú” (Mac Evoy, 2011: 17).
A partir de entonces, se va a crear una corriente narrativa chilena que tiende a justificar las intervenciones militares, tanto fuera como dentro del país, y a exaltar los triunfos obtenidos por las armas, como elementos esenciales y fundacionales del discurso nacionalista chileno, que intenta amalgamar el concepto de nación con el nacionalismo (Naranjo, 2011: 40-42). Dicha narrativa que, con algunas innovaciones impulsadas principalmente durante la dictadura pinochetista, se ha mantenido hasta nuestros días, es también uno de los elementos que más ha incidido en la formación de las identidades nacionales chilenas que, a su vez, según el investigador neerlandés Gerard Van Der Ree (2010: 208–223) se manifiestan hacia Bolivia y Perú con un cierto aire de superioridad y con actitudes esencialmente neoliberales, legalistas y pragmáticas.  
Por estos motivos, no debería extrañarnos que existan diferencias abismales en cuanto a lo que creemos que ha ocurrido en el pasado y en nuestras visiones sobre la política que debemos adoptar frente al otro. No debería extrañarnos, por ejemplo, que existan ciudadanos chilenos que crean sinceramente en una versión diferente de la historia, que se contrapone a lo que señalan las historiografías de Bolivia y Perú, y a lo que afirman otras versiones, consideradas neutrales e imparciales, como la de la CIJ. En este punto, no solo nos referimos a ciudadanos sin acceso a una educación de calidad, sino también a personas con estudios y que incluso ejercen como profesores universitarios. Es el caso de Don Mario Arnello Romo, un abogado chileno, aficionado a la historia y catedrático de Derecho Internacional en la Universidad de Chile, quien criticó duramente a los magistrados de la CIJ por su fallo sobre la objeción preliminar chilena. En un artículo que el aludido publicó en la revista Tribuna Internacional, se puede leer que, en sus antecedentes históricos, dicho fallo contiene “errores, falsedades y omisiones graves”, que configuran “una tergiversación tan burda de la realidad, que debería ser oficialmente representada a la Corte y, de no ser aclarada debidamente, debe dejarse debida constancia de su rechazo” (Arnello, 2015: 52). 

De acuerdo con su opinión, “es falso, de falsedad absoluta”, que Bolivia poseía un litoral sobre el Pacífico de varios centenares de kilómetros, tal como lo reconoció la Corte. También sostiene que se omitieron “hechos esenciales”, como por ejemplo que en 1866 Chile “le cedió” a nuestro país, “con idealismo americanista” y “gratuitamente”, el territorio litoral que las tropas chilenas “reivindicaron” en 1879 y que, el General Daza, entonces presidente de Bolivia, habría violado “deliberadamente” el Tratado de 1874, razón por la cual Chile “ocupó” Antofagasta (Arnello 2015: 52-56).

Sobre este punto cabe preguntarse si el señor Arnello realmente conoce las disposiciones de la Corona española que le dieron a la Audiencia de Charcas, antecesora de Bolivia, derechos sobre la costas del Pacífico sur, puesto que según el utti possidetis juris de 1810, todas las naciones sudamericanas debían respetar los límites que estableció el régimen español para constituirse como repúblicas independientes. Además, si Bolivia nunca tuvo mar y Chile se lo concedió "gratuitamente", ¿por qué las autoridades chilenas no lo hicieron notar? ¿Por qué no se utilizó ese argumento en la Corte? No tendría ningún sentido que después de 137 años sigamos discutiendo este tema, si supuestamente los bolivianos nunca tuvimos acceso al mar.

Respecto a la confirmación que hizo la CIJ de que Chile declaró la guerra a Bolivia y Perú, Arnello (2015: 56) señala que existen omisiones que tergiversan la verdad, porque según su versión, que no cita fuente alguna, pero que sigue fielmente la narrativa oficial chilena, el presidente Daza habría declarado la guerra el 1º de marzo de 1879. 

Sobre este punto, cabe aclarar que lo que hizo Daza en esa fecha no fue declarar la guerra a Chile, sino emitir un decreto que preparaba al país para la guerra, pues en esos momentos Chile ya había invadido Antofagasta y había anunciado que pretendía adueñarse de todos los territorios bolivianos, hasta el paralelo 23º de latitud sur. De hecho, la declaratoria de guerra vino después, el 5 de abril de 1879, por parte de Chile, que no habría tenido por qué declarar la guerra a Bolivia si ésta ya la había declarado antes.
Pero más allá de las precisiones que pueda merecer el desinformado artículo de Arnello, basado devotamente en la narrativa oficial chilena, habría que preguntarles a todos nuestros vecinos chilenos que tienen las mismas creencias: ¿es mejor seguir mirando por sobre el hombro a Bolivia y Perú?, o ¿es mejor buscar un arreglo negociado a los problemas que causó la invasión de 1879?

Referencias 

  • Arnello Romo, Mario (2015) CIJ: Una sentencia errónea y ajurídica. Una derrota política previsible. Revista Tribuna Internacional. Santiago - Chile. [En línea, conulta: 10/02/2016] http://www.tribunainternacional.uchile.cl/index.php/RTI/article/viewFile/38178/39836
  • MacEvoy, Carmen (2011) Guerreros Civilizadores: política, sociedad y cultura en Chile durante la Guerra del Pacífico. Centro de Estudios Bicentenario. 2da. Edición. San Isidro Lima - Perú. 
  • Naranjo, Rodrigo (2011) Para desarmar la Narrativa Maestra. 2011. Quillqa Serie IIAM Universidad Católica del Norte. Ocho libros. Antofagasta - Chile. 
  • Van Der Ree, Gerard (2010) Chile’s (Inter)national Identities: Framing the Relations with Bolivia and Peru. Utrecht University. Utrecht - Países Bajos.