Respuesta a la crítica que hizo Karen Longaric a un articulo de Carlos Mesa y a la solidez de la demanda que Bolivia presentó ante la Corte Internacional de Justicia en abril de 2013.
Hace unos días, la reconocida abogada internacionalista Karen Longaric, a quien estimo y respeto, publicó un comentario sobre un artículo del expresidente Carlos Mesa, intitulado "La Haya no es el final del camino”.
El artículo busca "hacer algunas precisiones y comentarios” que pretenden cuestionar la solidez de la demanda que nuestro Gobierno presentó ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en abril de 2013.
Aun cuando dicha demanda, que plantea resolver el asunto marítimo a través de una negociación, es lo mejor que pudimos haber hecho en las actuales circunstancias, marcadas por la absoluta cerrazón del Gobierno chileno para abordar el tema y la imposibilidad jurídica de revisar el tratado que enclaustró a Bolivia, sin el acuerdo de la otra parte contratante.
Primer argumento
En efecto, al comentar la valoración positiva que hizo el expresidente sobre la demanda boliviana, a la cual él se refiere como "el camino correcto” e "impecable en lo jurídico”, Longaric señala que "solamente la Corte, luego de evaluar los datos del proceso, podrá hacer una apreciación jurídica tan categórica”.
Sin embargo, dado que todos tenemos el derecho de expresar nuestra opinión, no sólo la Corte puede hacer apreciaciones jurídicas categóricas sobre la demanda boliviana, sino que también lo puede hacer Mesa o cualquier otra persona que lo estime conveniente. Empero, en el caso del expresidente, teniendo en cuenta que se trata del vocero oficial de nuestra demanda, resultaría ilógico y hasta contraproducente que diga otra cosa.
Segundo argumento
Asimismo, en cuanto a la afirmación que hizo Mesa de que la objeción preliminar de competencia interpuesta por Chile fue "desbaratada y rechazada”, Longaric aclara: "Pero para que la Corte se declare competente fue necesario que Bolivia manifieste que no pedía a la Corte que juzgue y declare que Bolivia tiene derecho a una salida al mar”.
Lo cual no es correcto, porque si revisamos la respuesta boliviana a la objeción preliminar chilena, presentada el 7 de noviembre de 2014, y las grabaciones de los alegatos orales de mayo de 2015, no encontraremos ninguna aclaración sobre lo que no solicitamos. Esa aclaración, en realidad, la hizo la CIJ en su fallo de 24 de septiembre de 2015 (párrafo 32) porque Chile había afirmado que Bolivia estaba pidiendo eso, un reconocimiento a su derecho de recuperar un acceso soberano al mar.
Si bien Bolivia no aclaró lo que no pide, si lo habría hecho, es decir, si nuestra representación habría aclarado que no solicita a la CIJ un reconocimiento sobre nuestro legítimo e irrenunciable derecho al mar, tampoco habría ningún problema, puesto que eso no significa renunciar a este derecho ni tampoco implica reconocer la incompetencia de la CIJ para pronunciarse al respecto, que es algo muy diferente.
La demanda boliviana solicita que la Corte falle y declare que Chile tiene la obligación de negociar de buena fe un acceso soberano al océano Pacífico para Bolivia, ni más ni menos.
Tercer argumento
Por otra parte, Longaric también critica el hecho de que Bolivia no pidió un pronunciamiento "sobre el status jurídico del Tratado de 1904, afirmando que éste está vigente y no existe disputa respecto de su validez”. Por esa razón, según su interpretación: "Bolivia testificó ante la CIJ que el Tratado de 1904 es válido y no objeta su vigencia”.
Lo cual, aunque tampoco es cierto, porque la defensa boliviana no afirmó ni declaró nada semejante, sino que muy por el contrario se reservó el derecho de acudir al arbitraje si es que surgiesen discrepancias respecto a la ejecución e inteligencia del Tratado de 1904; en caso de que lo fuere, es decir, si habríamos "testificado” que dicho acuerdo es válido y está vigente, tampoco habría ningún problema, porque Bolivia, a diferencia de Chile, ha cumplido y respetado ese Tratado durante más de 100 años, lo que en los hechos representa un reconocimiento tácito de su vigencia y validez.
¿Cómo podría Bolivia impugnar un Tratado que ha cumplido y respetado de manera continua durante más de un siglo?
Si algo nos han enseñado los intentos de nuestros antepasados por recuperar un acceso soberano al mar es que no vamos a lograr nada por la vía del Tratado, que además no es necesario modificar para que Bolivia obtenga un acceso soberano al mar, tal como lo ha explicado nuestra
representación ante la CIJ.
Finalmente, si bien coincidimos tanto con la Dra. Longaric, como con el expresidente Mesa, en que es necesario generar un ambiente de negociación con Chile y eventualmente también con el Perú, para lograr lo que estamos buscando, no sólo debemos considerar los elementos jurídicos, políticos y diplomáticos que están en juego, sino también las lecciones que nos han dejado las anteriores negociaciones sobre este tema, que nos dicen, entre otras cosas, que tendremos más posibilidades si estamos unidos.