La negativa de Bolivia a restablecer relaciones diplomáticas con Chile no es el resultado de un capricho o de una falta de visión política, sino que es el resultado de la implementación de una doctrina, la doctrina ideada y desarrollada por José Fellmann Velarde y Jorge Escobari Cusicanqui.
Publicado en Página Siete
Por: Andrés Guzmán Escobari
Hace unos días, los cancilleres de Bolivia y Chile anunciaron el inicio de un diálogo orientado a la “normalización” de las relaciones entre ambos países, y aunque también se aclaró que la reanudación de las relaciones diplomáticas “no está en el orden del día”, se sobrentiende que cualquier “normalización de relaciones” entre dos Estados, debería tender a desarrollarse a nivel de embajadores, es decir a través de relaciones diplomáticas.
Al respecto, cabe recordar que la razón por la que no existen vínculos diplomáticos entre La Paz y Santiago es por la negativa de Bolivia a restablecer esos vínculos, sin antes levantar o comprometerse a levantar, el más que centenario enclaustramiento geográfico boliviano.
Pero esa negativa no es el resultado de un capricho o de una falta de visión política, como algunos creen, sino que es el resultado de la implementación de una doctrina de política exterior, la doctrina esbozada originalmente por el excanciller José Fellmann Velarde, artífice de la primera ruptura en 1962, y más tarde por el también excanciller y senador Jorge Escobari Cusicanqui, que fue quien más la defendió tras la segunda ruptura de 1978.
El primero dejó constancia de que el restablecimiento de las relaciones diplomáticas estuvo vinculado a la solución del tema marítimo desde un principio. Ciertamente, a pesar de que la primera ruptura se había producido por el desvío unilateral del río Lauca acometido por Chile, según explicaba Fellmann en 1963: “la cuestión portuaria boliviana ha aparecido en las negociaciones para una eventual reanudación de relaciones diplomáticas entre Bolivia y Chile, porque el gobierno de Chile hizo que así sucediera con el desvío de aguas del río Lauca…”.
“El gobierno de Chile no tenía por qué esperar que el pueblo de Bolivia, al ser herido por segunda vez, olvidara que ya había sido herido antes. No tenía por qué esperar que no aflorara a la superficie el problema del enclaustramiento de la Patria, que es su problema capital y que está siempre latente en el alma de todos y cada uno de los bolivianos. Es pues, el gobierno de Chile el que ha hecho que el problema de la salida al mar para Bolivia apareciera entre las cuestiones ahora existentes entre ambos países” (Fellmann, 1967: 160).
Tiempo después, cuando sobrevino la segunda ruptura de relaciones diplomáticas por el rechazo de Chile a considerar la contrapropuesta que Perú había presentado en las negociaciones de Charaña, el asunto marítimo quedó definitivamente soldado a la inexistencia de lazos diplomáticos, tal como el gobierno boliviano anotó al momento de comunicar oficialmente su decisión de romper nuevamente con Santiago: “el gobierno de Chile ha abandonado el compromiso esencial que justificó la reapertura del diálogo, que fundamentalmente buscaba nuestro retorno soberano al mar, lo cual desvirtúa totalmente su razón de ser”, (17/03/1978).
Habiéndose consolidado de esa manera la relación directa que existe entre la ausencia de relaciones diplomáticas y el asunto marítimo, a partir de 1979, Escobari terminó de darle forma a la doctrina esbozada por Fellmann, agregándole elementos justificativos importantes, como que reanudar los tratos a nivel de embajadores con Chile sería como validar o justificar el desconocimiento de ese país a lo convenido en las notas de 1950, respecto a ingresar en una negociación directa, destinada a darle a Bolivia una salida propia y soberana al Océano Pacífico; o que el acercamiento bilateral terminaría por anular los efectos del apoyo multilateral que tiene la causa marítima; o incluso, que estaríamos exponiéndonos a sufrir una nueva burla de Chile, que solo agregaría una frustración más a la cuestión.
Pero aún más importante es el justificativo referido a nuestra política exterior, pues según Escobari, para cualquier diálogo o negociación es necesario cumplir previamente tres requisitos fundamentales: 1) Oportunidad, en el sentido de solo aceptar la reanudación de relaciones diplomáticas en un contexto en que sea posible avanzar en la solución del tema marítimo; 2) Eficacia, respecto a contar con un plan actualizado de política internacional; y 3) Capacidad, en cuanto a tener un servicio exterior idóneo y profesional. Sin estos tres requisitos fundamentales –decía Escobari–, no es conveniente ni recomendable acreditar embajadores.
Respecto a la presión que pueden ejercer los organismos internacionales, cabe destacar que Escobari consiguió delinear una arquitectura multilateral para la doctrina de no restablecer relaciones diplomáticas con Chile, puesto que, en 1990, como senador, logró que el Parlamento Latinoamericano apruebe por unanimidad una resolución que además de hacer suyo el contenido y los alcances de la resolución 426/1979 de la OEA, que consagró al problema marítimo boliviano como “un asunto de interés hemisférico permanente”, exhorta “al gobierno democrático de Chile, particularmente a su Congreso, manifiesten su disposición para resolver la demanda boliviana, a fin de facilitar la reanudación de sus relaciones diplomáticas con Bolivia”.
Entonces, si se restablecen relaciones diplomáticas con Chile no sólo se estaría perdiendo un valioso elemento de negociación, que la diplomacia chilena ambiciona desde hace varios años, sino que se estaría anulando o al menos debilitando el apoyo de diversos organismos internacionales como la OEA, la Comunidad Andina, el Movimiento de Países no Alineados, el Parlamento Latinoamericano y el Parlamento Amazónico, entre otros; cuyas resoluciones en favor de la causa marítima boliviana siguen vigentes.
En esa misma época, cuando Chile recuperó la democracia y se abrió nuevamente el debate sobre la posibilidad de restablecer relaciones diplomáticas, el connotado abogado internacionalista boliviano, Felipe Tredinnick Abasto, escribió el artículo “La doctrina Escobari Cusicanqui”, que destacaba que dicha doctrina recoge “el sentir de todo un pueblo injustamente enclaustrado”, y en un segundo artículo complementaba: “La ruptura de relaciones diplomáticas es el derecho de un Estado débil que señala el deterioro de las relaciones entre dos Estados. Es la enemistad pacífica oficial entre dos Estados, lo que no les impide seguir comerciando y fomentando el turismo”.
Por lo dicho y tal como aseveraba Escobari: “El dilema es claro: o conservamos el tema de la reanudación de relaciones diplomáticas como factor de presión moral, o nos deshacemos de él a cambio de nada…”.