sábado, 23 de agosto de 2014

Prologo del libro "Lo que se promete se Cumple" de Sergio Fernández

Por: Andrés Guzmán Escobari

La evolución del Derecho Internacional Público, entendida como la mejor y más acertada aplicación de las reglas y normas que rigen las relaciones de los Estados, ha permitido establecer un sistema de convivencia internacional cada vez más perfecto y justo. En efecto, gracias al constante progreso del derecho positivo, el gran consenso de las sociedades organizadas ha logrado codificar una buena parte de lo que se entiende como bueno y como malo, y a pesar de que todavía falta mucho por avanzar en tan encomiable objetivo, pues aún no existe un ordenamiento jurídico verdaderamente organizado e igualitario; esta tendencia nos ha llevado a comprender a los bolivianos y ojalá que también a todos los pueblos del mundo que tienen una reivindicación legítima, que la justicia llegará, quizás tarde, pero llegará.
El trabajo que tenemos el honor de prologar, escrito por el siempre sorprendente Sergio Alberto Fernández Ruelas, nos presenta un interesante análisis histórico-jurídico del tema marítimo boliviano que sintetiza los lineamientos básicos de la actual política de retorno al mar. Para lo cual, el autor, desde su perspectiva de abogado internacionalista y diplomático de carrera, desarrolla una revisión histórica de la política exterior de Bolivia desde sus inicios hasta nuestros días, expone las virtudes que tiene la teoría de los Actos Unilaterales de los Estados en este caso y explica con claridad luminosa el concepto jurídico de Promisso est Servanda (lo que se promete se cumple), que es precisamente, valga recordarlo, la piedra angular en la que se basa la demanda que el Estado Plurinacional de Bolivia presentó en contra de la República de Chile el 24 de abril de 2013. 
Sobre este punto, cabe aclarar que tanto el autor del libro como quien escribe estas líneas, desde un punto de vista más practisista que reivindicasionista; consideran que la decisión de enjuiciar a Chile con el fin de obligarle a que cumpla sus promesas de restituir la cualidad marítima de Bolivia, no sólo es la política más lógica y adecuada que se puede adoptar en el tiempo histórico que nos toca vivir, después de 134 años de negociaciones infructuosas en el ámbito bilateral; sino que es la única alternativa que nos queda, dada la absoluta cerrazón del actual gobierno chileno para tratar el tema.   
Por tal motivo es importante señalar que esta publicación puede servir no sólo como un valioso aporte para el pensamiento doctrinario boliviano en su parte referida a la reintegración marítima, sino que también puede ser utilizado como un manual por todo aquel que quiera comprender el accionar del actual gobierno de Bolivia en esta materia. 
En cuanto a la configuración y contenido del libro, cabe advertir que su parte histórica sigue un orden cronológico que sintetiza los hechos más relevantes de la política exterior boliviana desde el nacimiento de la República en 1825, hasta los actuales tiempos del Estado Plurinacional y que revisa con especial énfasis las promesas que hizo Chile para resolver el problema marítimo boliviano. En ese recuento, el autor analiza las negociaciones llevadas a cabo con el fin de resolver el asunto marítimo boliviano entre los gobiernos de Santiago, La Paz y Lima y esboza tentativamente los factores que incidieron o determinaron el fracaso de tales aproximaciones.
Sobre este último punto, Fernández Ruelas destaca con especial acierto el rol que tuvo la opinión pública y las “fuerzas profundas” en el desarrollo de las negociaciones, así como la actuación que tuvo la “paradiplomacia” desplegada por algunos personajes e instituciones no gubernamentales. En la misma línea y casi al final del análisis histórico, presenta un resumen de lo que significa la diplomacia de los pueblos en las relaciones con Chile partir de la llegada de Evo Morales a la presidencia de Bolivia en 2006.
El Perú, por otra parte, como factor determinante en la frustración de las gestiones mencionadas y como tercera parte en el conflicto (por los derechos y obligaciones que le asigna el Protocolo Complementario al Tratado de Lima de 3 de junio de 1929), es considerado como “la tercera pata del trípode” en un capítulo aparte. 
Todo este relato histórico encuentra lo que el autor llama “un giro de 180°” en 1879, cuando Chile se apodera por la fuerza de las armas de nuestro único acceso al mar. A partir de entonces – señala el autor –, el  objetivo de reintegración marítima se convierte en la máxima prioridad de la diplomacia boliviana y como una enfermedad que requiere mucha atención para ser curada y cuyo tratamiento también genera efectos colaterales en el cuerpo enfermo, todos los demás temas de la agenda internacional boliviana quedan relegados a un segundo plano, postergando y desaprovechando oportunidades importantes para el desarrollo de nuestro país. Lo cual, a pesar de ser claramente contraproducente, se mantiene sin muchas variantes hasta nuestros días. Aun así – concluye acertadamente Fernández Ruelas –, lo más lógico no es claudicar, sino buscar una solución.
En la parte dedicada al análisis jurídico de la controversia que genera el enclaustramiento geográfico boliviano, Fernández Ruelas explica con asertividad que la demanda marítima boliviana se funda en argumentos jurídicos sólidos y – aunque no lo dice explícitamente –, hasta incontestables, si son bien planteados. En ese sentido el libro contiene una clara explicación de cuál es la jurisprudencia que tiene este caso, rememorando lo que significó el proceso entre Australia y Nueva Zelanda Vs. Francia, referido a las pruebas nucleares que este último país realizó en los años setenta a pesar del compromiso asumido por sus autoridades de no hacerlo, y el caso de Groenlandia Oriental entre Noruega y Dinamarca, relativo a las promesas del Canciller noruego Nils Claus Ihlen, de que su país reconocería el dominio danés sobre una parte importante de esa gélida y enorme isla.   
En buenas cuentas, el libro que aquí comentamos es un aporte innovador porque por primera vez un trabajo referido al tema marítimo desarrolla un análisis histórico y otro jurídico que se interrelacionan. En el primero, el autor relata cómo y cuándo se realizaron las promesas chilenas para devolverle a Bolivia su salida al mar y, en el segundo, se presenta una explicación de cómo ese tipo de promesas, cuando son  incumplidas por un determinado gobierno o, en este caso, por varias administraciones gubernamentales de un mismo país, pueden convertirse en obligatorias ante el derecho internacional y por tanto exigibles por el sujeto (Estado, organización o entidad internacional) que resulte afectado o perjudicado por tales incumplimientos.
Los Actos Unilaterales de mala fe, como son las promesas que se realizan sin la verdadera intención de cumplirlas, deben estar prohibidos y deben ser sancionados. “No es dable, digámoslo sin ambages, jugar con la esperanza de todo un pueblo” decía en 1975 el Presidente boliviano en la XXX Asamblea General de las Naciones Unidas, Hugo Banzer, al referirse a la actitud del gobierno chileno de ofrecerle a Bolivia una salida soberana al mar y luego desentenderse.
Con un espíritu optimista pero no triunfalista, Fernández Ruelas pone en nuestras manos un trabajo que dará mucho que hablar porque contribuye al debate de este delicado problema de interés hemisférico permanente y nos acerca mucho más a entender qué es lo que estamos demandando y sobre todo, cómo lo estamos haciendo.
Finalmente, es importante señalar la gran satisfacción que genera este tipo de publicaciones para quienes estudiamos en la Academia Diplomática Boliviana y trabajamos en el servicio exterior de Bolivia, porque vemos con agrado cómo un compañero de estudio, colega de trabajo y por qué no, un gran amigo y cofrade de la lucha por recuperar una salida soberana al mar; hoy nos presenta una obra que no sólo dignifica y retribuye a nuestro alma mater y a la diplomacia de carrera, sino que representa un verdadero aporte para lograr el objetivo irrenunciable de reintegrarnos al mar con soberanía.

Andrés Guzmán Escobari

1 comentario:

  1. La destacada profesional en Derecho Internacional, Dra.Karen Longaric, mucho antes del fallo del 1° de Octubre de 2018, hizo notar los graves errores conceptuales que tenía Sergio Fernández respecto de un supuesto derecho de Bolivia para obligar a Chile a negociar soberanía; la verdad es que el libro del ex-canciller Fernández no acertó en nada, ni una sola de sus elucubraciones "jurídicas" fue acogida por la Corte Internacional de Justicia, y se puede afirmar que sólo contribuyeron a la fantasía de todo el pueblo boliviano a forjarse una esperanza completamente ilusoria porque luego de conocido el fallo, una onda de gran dolor cubrió a Bolivia entera, dolor que perdurará para siempre ya que se cerró definitivamente toda posibilidad de un eventual acuerdo, porque la demanda en sí fue un acto inamistoso, apoyada por un cúmulo de groserías y una verborrea de ataques a Chile y sus autoridades de parte del gobierno boliviano y otras autoridades y personas de los medios.
    En realidad,y al contrario de lo que afirma Guzmán Escobari, el libro de Fernández no dió, ni ha dado nada que hablar; la Dra.Longaric, destrozó continuamente los alardes de grandeza que auguraban un triunfo boliviano que se sostenían en los errados "conceptos jurídicos" de Fernández, y no se equivocó, porque la CIJ tijereteó, enmendó, borró y tachó, completamente ese libro, tan soberbiamente titulado "Lo que se promete se cumple".

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