Por: Andrés Guzmán Escobari
Publicado en Cambio
Durante todo el periodo de tregua (1884 - 1904), Chile ejerció una fuerte presión económica sobre Bolivia, mediante la aplicación de un asfixiante régimen comercial conocido como “el dogal aduanero".
Fuente: Jorge Escobari Cusicanqui (2000). |
Aunque el Tratado de Paz y
Amistad de 1904 no tiene nada que ver con la demanda que Bolivia presentó en
contra de Chile ante la Corte Internacional de Justica (CIJ), tal como lo
reconoció ese mismo órgano judicial en su fallo sobre la objeción preliminar
chilena de 24 de septiembre de 2015; el referido instrumento bilateral y las
circunstancias en las que fue concebido, han sido objeto de sendos debates entre
políticos y académicos, bolivianos y chilenos, que han puesto en evidencia, una
vez más, las discrepancias que existen entre las versiones de la historia que
predominan en nuestros países. En este caso específico, sobre lo ocurrido después
de la guerra del Pacífico, en el periodo de tregua (1884 – 1904), que condujo a
la formalización jurídica del enclaustramiento geográfico boliviano.
En efecto, las discusiones sobre el Tratado de
1904 han seguido enfrentando a bolivianos y chilenos porque Santiago decidió
desplegar una estrategia jurídica y comunicacional que pretende convencer a los
jueces de la Corte y a la comunidad internacional, de que la demanda boliviana busca
modificar dicho acuerdo bilateral de manera encubierta, y porque el Presidente
de Bolivia, Evo Morales, no ha perdido ocasión alguna para recordarle al
gobierno chileno y al mundo, que el tratado de referencia es injusto, ha sido
incumplido por el país del Mapocho y además de eso, ha sido impuesto mediante
amenazas y presiones a nuestro país.
Teniendo eso presente, a
continuación se analizan dos puntos específicos de discrepancia en este debate
que, a pesar del transcurso de más de un siglo, siguen generando polémica y
enemistad entre ambos países.
El primer punto tiene que ver con
la aseveración frecuentemente utilizada por las autoridades de Santiago, de que
el Tratado de 1904 fue suscrito 20 años después de la guerra, cuando ambos
países podían medir bien las consecuencias de lo que estaban firmando y cuando
supuestamente, no había ninguna posibilidad de que se reinicien las
hostilidades. Al respecto, cabe aclarar que si bien es cierto que transcurrieron
dos décadas entre el armisticio y el acuerdo de paz, es importante tener en
cuenta que durante todo eso ese tiempo, Chile ejerció una fuerte presión
económica sobre Bolivia, mediante la aplicación de un asfixiante régimen
comercial conocido como “el dogal aduanero”, que contribuyó a doblegar la
voluntad de los gobernantes bolivianos de hacer lo posible por no perder contacto
soberano con el mar.
En efecto, el asfixiante régimen
aduanero fue introducido por Chile en el Pacto de Tregua de 1884 (artículo 6)
con el propósito inocultable de controlar a nuestro país y forzarlo a aceptar
sus condiciones. Dicho Pacto obligó a Bolivia a renunciar a buena parte de sus
ingresos aduaneros porque estableció que no podía gravar a las importaciones
provenientes del puerto de Arica y muy por el contrario, los comerciantes
bolivianos debían pagar el arancel chileno en dicho puerto. Adicionalmente,
Chile exigió el resarcimiento de los chilenos que habían sido afectados por las
medidas que adoptó el gobierno boliviano durante la contienda. Lo cual
determinaba para nuestro país una situación de enclaustramiento aún más onerosa
que la actual.
No obstante, el Pacto de Tregua, que junto al
Tratado de 1904 y sus acuerdos complementarios, conforman un solo régimen
jurídico que gobierna las relaciones boliviano-chilenas, no fue libremente
consentido por nuestro país sino que fue impuesto por el gobierno de Santiago
con la amenaza del uso de la fuerza. En efecto, cuando las autoridades de ambos
gobiernos negociaban los términos de la tregua, a principios de 1884, Chile
tenía cerca de 20 mil soldados en Puno y Arequipa, listos para invadir territorio
boliviano a la primera orden, tal como lo han reconocido algunos historiadores
chilenos. Por su parte, Bolivia, con una fuerza militar de cerca de 5 mil
hombres en esos momentos, decidió no oponer resistencia y aceptó las
condiciones del vencedor.
Por otra parte, si bien es cierto
que los gobernantes bolivianos podían medir bien las consecuencias de sus actos
en 1904, es importante considerar el contexto en que se desarrollaron esas
negociaciones. Bolivia atravesaba una de sus etapas más críticas y difíciles a
nivel internacional, debilitada tras haber enfrentado al poderoso ejército del
Brasil en una guerra y con serios temas de límites pendientes con todos sus
demás vecinos: con Perú por el territorio contiguo al río Tambopata; con
Argentina por las dificultades en la demarcación de la línea fronteriza; con
Chile, como hemos visto, por el Departamento del Litoral que se hallaba ocupado
militarmente; y con Paraguay, por la vieja disputa sobre el territorio del Chaco
boreal, que luego provocaría otra guerra.
Por si fuera poco, toda esta complicada
situación, fue deliberadamente agravada por Chile al iniciarse el siglo XX con
las amenazas que lanzó su Ministro en La Paz, Abraham Köning, y con las
despreciables propuestas que hizo su representante en Lima, Ángel Custodio
Vicuña, a los gobernantes del Perú. En efecto, mientras Köning le hacía saber
al Canciller boliviano: “No podemos esperar más. El gobierno y el pueblo de
Chile consideran que han esperado con paciencia”. “En tiempo de guerra las
fuerzas de Chile se apoderarán del único puerto boliviano con la misma
facilidad con que ocuparon todos los puertos del litoral de Bolivia en 1879.
Eso no es por vano orgullo porque sabido es de todos los que conocen los recursos
de mi país, que su poder ofensivo se ha centuplicado en los últimos veinte
años”; Vicuña proponía a las autoridades peruanas desmembrar el territorio de
Bolivia para repartirlo entre sus vecinos.
El segundo punto de discrepancia,
también utilizado con frecuencia por las autoridades chilenas, es el referido a
que las máximas autoridades de Bolivia en 1904 fueron reelegidas por el pueblo
boliviano en las elecciones que se realizaron después. Lo cual, según la
postura chilena, sería una suerte de confirmación de que el Tratado de límites,
no fue rechazado por los bolivianos de aquel tiempo.
Al respecto, cabe hacer dos
aclaraciones. La primera sobre quiénes elegían y reelegían presidentes en
Bolivia en ese entonces: varones que sabían leer y escribir y que tenían bienes
a su nombre. Lo cual restringía el sufragio electoral a una reducía minoría
encarnada en una oligarquía liberal no indígena, que era también la que
gobernaba.
La segunda
aclaración se refiere al peculiar hecho de que los principales negociadores
chilenos del Tratado de 1904, es decir, el entonces Canciller Emilio Bello
Codesido y el entonces Ministro de Chile en La Paz, Beltran Mathieu, ofrecieron
una salida soberana al mar para Bolivia unos años más tarde y en nombre de su
gobierno. En efecto, Bello vino a La Paz en 1920, en representación de su
gobierno, y ofreció, mediante el Acta Protocolizada de 10 de enero, una parte
importante de Arica y el ferrocarril que llega a La Paz. Por su parte, Mathieu,
como Ministro de Relaciones Exteriores de su país, el 26 de mayo de 1926, aclaró
en un Comunicado a todas sus legaciones en el extranjero, que durante las
negociaciones con el Perú para resolver el asunto de Tacna y Arica, el gobierno
de Chile había aceptado “sacrificar en interés de Bolivia un parte del
departamento de Arica”. Lo cual es una especie de reconocimiento de quienes
negociaron y suscribieron el Tratado de 1904 por parte de Chile, de que éste no
había resuelto definitivamente todos los problemas derivados de la guerra del
Pacífico.
Todo lo dicho demuestra que el régimen jurídico que
aún rige las relaciones entre ambos países y que también determinó la
formalización jurídica del enclaustramiento geográfico boliviano, fue concebido
entre amenazas y presiones del vencedor de la guerra al vencido.
Entiende Andrés, Chile NO LES VA A DAR TERRITORIO, o dicho en lenguaje boliviano "no te darán soberanía dentro del territorio chileno", la cosa sería más fácil si dijeras que es o como se puede hacer una soberanía boliviana sin modificar territorio o frontera, cosa que hasta hoy no explican y solo dan tangentes, sin olvidar que desde que salió el fallo de competencia los puntos 33 y 34 obligarían a Chile a negociar PERO NO A OGLIGARLE A UN RESULTADO pudiendo perfectamente no llegar a NADA ¿cundo no de llegue a nada a quien irán a llorarle?, la corte no puede obligar a conceder soberanía de uno por otra, han manipulado bien en tu país esos puntos, que lástima
ResponderEliminar1.- Se dice que el Tratado de 1904 sería “injusto”, pero esa opinión carece de sustento en elementos objetivos pues no existe una definición de lo que es un tratado justo, no existía al momento de su negociación una norma jurídica de derecho internacional que estableciera lo que es un tratado justo, y por cierto tampoco hoy existe una norma con semejante contenido. La historiadora chilena Loreto Correa, en una charla que puede visualizarse en https://www.youtube.com/watch?v=acKWvhf9QXs cita, a partir de minuto 9:30, la opinión del abogado, diplomático y académico boliviano Federico Diez de Medina, sobre los tratados, quien señaló en 1883 que la circunstancia de ser el vencedor más poderoso que el vencido no ocasiona la nulidad del tratado de paz que pone fin a la guerra.
ResponderEliminar2.- Si Bolivia y Perú podían ofrecer a Argentina territorio chileno, como se señala en el libro del historiador boliviano Roberto Querejazu Calvo “Guano, salitre y sangre …”, por qué no Chile podía ofrecer territorio boliviano?
3.- Respecto del Acta Protocolizada de 1920 basta con tener a la vista, para efectos de determinar sus efectos, lo señalado en el párrafo inicial de la Nota Diplomática que Bolivia entrega a Chile en 1950, documento que señala: “La República de Chile en distintas oportunidades, y concretamente en el Tratado de 18 de mayo de 1895 y en el Acta Protocolizada de 10 de enero de 1920, suscritos con Bolivia, aunque no ratificados por los respectivos Poderes Legislativos, …”. Documentos con tales carencias u omisiones carecen de valor jurídico, pues no son aptos para generar derechos ni obligaciones.