Por: Andrés Guzmán Escobari
Publicado en La Razón
Publicado en La Razón
A menos de una semana de que se
inicie la etapa oral del proceso sobre la delimitación marítima entre Perú y
Chile en la Corte Internacional de Justicia (CIJ), el Presidente chileno,
Sebastián Piñera, conjuntamente con sus antecesores, Patricio Aylwin, Eduardo
Frei y Ricardo Lagos; manifestaron su preocupación por el fallo que dicha Corte
emitió respecto a la controversia entre Colombia y Nicaragua que confirmó la
soberanía colombiana sobre los cayos adyacentes al archipiélago de San Andrés y
reconoció el dominio nicaragüense sobre una importante porción del mar
territorial en disputa, lo que en los hechos representa una derrota para el
país sudamericano y un triunfo para la nación centroamericana.
La preocupación presidencial
chilena se basa en lo que Frei denomina “fallos salomónicos”, que se refiere a las
decisiones basadas en criterios de equidad y equidistancia que la Corte ha aplicado
en este tipo de casos. Según el ex Mandatario, este tipo de sentencias inducen a
países como Bolivia a recurrir a ese tribunal “porque siempre les va a tocar
algo” y no son convenientes porque “pondrán en duda todos los tratados”. Esas
apreciaciones, que evidentemente no son las de un jurista, denotan el temor que
existe en Chile ante lo que pueda hacer nuestro país en el ámbito jurisdiccional
y demuestran una clara intencionalidad de no reconocer el fallo que la Corte
emitirá en relación al conflicto chileno – peruano.
En la misma línea, pero un poco
más apegado al lenguaje jurídico, Lagos afirmó que ese alto Tribunal debe
fallar conforme a derecho “porque de no hacerlo se erosiona el prestigio de la
Corte”. Comentario que se funda en el hecho de que las decisiones ex aequo et bono (en equidad) sólo
pueden ser aplicadas si las partes así lo convienen (artículo 38 del Estatuto
de la CIJ). No obstante, si revisamos el fallo emitido por la Corte para el
caso entre Colombia y Nicaragua, podemos evidenciar que éste no se apoya en la
equidad como fuente del derecho internacional, sino que se basa en los tratados
internacionales que rigen sobre la materia, en la costumbre y en la doctrina, y
es más, el Presidente del país que se ha visto afectado por este fallo, Juan
Manuel Santos, aseguró que “la decisión no fue equitativa”. Por tanto, los
cuestionamientos del ex Mandatario chileno al trabajo que realizan los jueces
de La Haya, más parecen estar dirigidos a desconocer la jurisdicción de la
Corte que a mostrar una posición de Estado que tranquilice a su pueblo.
Por otra parte, llama la atención
que el caso Nicaragua v. Colombia haya causado sorpresa y preocupación en las
más altas esferas políticas de Chile porque no es la primera vez que la CIJ
falla de esa manera, es decir, conforme a derecho pero siempre considerando los
criterios de equidad y equidistancia que fueron incorporados en la Convención de
las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982. Existen al menos ocho
procesos sobre límites marítimos que se definieron así: Estados Unidos y Canadá
(1982), Guinea y Guinea-Bissau (1985), Dinamarca y Noruega (1993), Bahrain y
Qatar (2001), Nicaragua y Honduras (2007), Ucrania y Rumania (2009) y, como ya
se dijo, Colombia y Nicaragua (2012). Por tanto, este tipo de sentencias no son
nuevas ni mucho menos inusuales y, por lo mismo, no se justifica que a estas
alturas del proceso peruano-chileno, los Mandatarios de Chile expresen que su
país “no puede aceptar fallos salomónicos” en referencia a la forma cómo la CIJ
ha estado resolviendo los casos de delimitación marítima, cuando bien sabían,
desde un principio, que la determinación de la Corte podría seguir estos criterios.
El mensaje que han dado los
gobernantes chilenos es preocupante para Bolivia porque ante un fallo
desfavorable a sus intereses, Chile, siguiendo lo que sorpresivamente está
haciendo Colombia, podría denunciar el Pacto de Bogotá de 1948 para desconocer la
jurisdicción de la CIJ y evitar así que nuestro país interponga una demanda en
su contra ante esa instancia. No obstante, aun así, deberá transcurrir un año antes
de que cesen los efectos del acuerdo para la parte denunciante (artículo LVI
del Pacto de Bogotá).
Nuestras autoridades deben prever
los diferentes escenarios que se podrían generar con la reacción de Chile ante
un “fallo salomónico” y para ello, es necesario que evalúen la conducta del
Estado chileno a lo largo de la historia que, al contrario de lo que dicen sus
autoridades, no siempre se ha caracterizado por el respeto al derecho
internacional. Basta con recordar que ese país desconoció el Pacto de
Paucarpata suscrito con la Confederación Perú – Boliviana en 1837; terminó
unilateralmente el Tratado de 1874 alegando incumplimiento de Bolivia y con
ello inició la guerra de 1879; nunca cumplió con el Tratado de Ancón firmado
con el Perú en 1883 en lo relativo a celebrar un plebiscito que defina el
futuro de Tacna y Arica; transgredió varias veces el derecho de libre tránsito
otorgado a Bolivia mediante el Tratado de 1904 y actualmente vulnera al menos
tres de sus acuerdos complementarios al mantener paralizado el tren Arica – La
Paz y al permitir que las empresas privadas que operan los puertos de Arica y
Antofagasta apliquen medidas que infringen lo acordado bilateralmente, entre
otros; tampoco removió ni desactivó las minas antipersonales que se encuentran
en sus fronteras a pesar de haberse comprometido a ello mediante la Convención
de Ottawa de 1997; etc.
Dados estos antecedentes,
conociendo que la última encuesta de Adimark encontró que el 73% de los
chilenos no estaría dispuesto a ceder territorios al Perú, aun cuando así lo
disponga la CIJ, y sobre todo, considerando el mensaje negativo que recientemente
han dado los gobernantes vecinos; podríamos esperar que ante un “fallo
salomónico”, Chile anteponga una vez más sus intereses nacionales por sobre el
respeto a las normas del derecho internacional y desconozca la jurisdicción de la
CIJ.
Entiendan esto de una buena vez, con Pacto de Bogota o sin él, Bolivia jamás tendrá soberanía en el Pacífico. Jamás Presidente chileno alguno firmará la entrega gratuita de nuestro territorio, incluso con canje territorial.Jamás el Congreso chileno aprobaría semejante aberración; jamás el pueblo chileno aceptaría aquello; jamás los pescadores y los habitantes de Arica aceptarían compartir el mar con uds.ni con nadie. Nos importa un bledo que 500 naciones compartan el deseo de uds., no nos importa. Así que deja de soñar con tus análisis afiebrados y hasta desquiciados.
ResponderEliminarSr. Anónimo:
EliminarNo porque ud se enfurezca ahora vamos a cambiar de idea, el problema marítimo de Bolivia ya tiene 133 años y no porque ud se enoje vamos a dejar de reclamar. Son ustedes los que tienen que entender que no vamos a renunciar a este justo reclamo hasta que se restituya la soberanía boliviana sobre las costas del Pacífico. No hay ninguna razón lógica para hacer lo que ud sugiere...
Por otra parte, lo que hoy ud considera una "aberración" fue formalmente propuesto por el gobierno de Chile a Bolivia en varias oportunidades (1895, 1920, 1926, 1950, 1961, 1975), así que no venga a decir que jamás lo aceptarán... o que se trata de un idea desquiciada, Chile aceptó la existencia del problema y se comprometió a resolverlo...
Yo sé que a ud y a muchos chilenos les importa un bledo que 500 naciones nos apoyen (primero debería revisar cuántos países existen en el mundo), pero los compromisos que asumió Chile en su momento generan efectos jurídicos que no pueden importarles un bledo, pues los compromisos hay que cumplirlos...